El diputado por Movimiento Ciudadano (MC), Fernando Morales, presentó una serie de reformas a la Ley de Movilidad y Transporte, así como el Código Penal para erradicar la violencia contra las mujeres en las unidades.
Entre sus iniciativas, también busca que haya un control de quienes manejan los vehículos en el estado de Puebla a través de la creación del Registro Estatal de Personas Conductoras y Choferes del Transporte Público.
Fernando Morales dijo que entre las propuestas está el implementar planes y programas que garanticen la seguridad e integridad física, emocional o psicológica, sexual y la vida, de quienes utilicen el servicio del transporte público en todas sus modalidades.
Además, que de las medidas, que se apliquen los protocolos de actuación necesarios y precisos ante casos de emergencias o la posible comisión de delitos.
Para evitar que las propuestas queden en el escritorio, el legislador de Movimiento Ciudadano añadió que se va a vigilar, supervisar y dar seguimiento a los registros proporcionados por los prestadores de servicios ejecutivos y las empresas de redes de transporte.
Morales Martínez insistió vigilar, supervisar, inspeccionar, sancionar e imponer las medidas de seguridad de los servicios público, mercantil, ejecutivo y auxiliares de transporte en el Estado.
Al mismo tiempo, reiteró la importancia de establecer mecanismos de mediación entre usuarios, concesionarios, personas conductoras o choferes, permisionarios temporales y particulares para asegurar la máxima eficacia en la operación.
El legislador local advirtió que se debe iniciar por la capacitación en conducción y atención, protocolos de protección de personas usuarias incluyendo acoso sexual, protección de derechos laborales, verificación de antecedentes y paridad de género.
Por otro lado, afirmó que las unidades de transporte público en Puebla deben contar con el GPS, cámara de videovigilancia, dispositivo de grabación de video, botón de pánico, los cuales tienen que estar vinculados a los sistemas de seguridad pública.
Añadió que los vehículos deberán tener inhabilitado de forma permanente el sistema del bloqueo de seguros o elevadores de vidrios y puertas, así como no usar cristales polarizados u otros elementos que impidan totalmente la visibilidad hacia el interior del vehículo.
Sanciones penales
Una de las reformas al Código Penal señala: Artículo 278 Quater. Al responsable del delito de hostigamiento sexual se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito y será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición laboral, docente, doméstica o de cualquier naturaleza que se derive de la subordinación de la persona agredida.
Las penas previstas para el delito de abandono de personas se aumentarán hasta en una tercera parte cuando sea cometido por una persona que se dedique a prestación de un servicio público de transporte en cualquiera de las modalidades previstas en la Ley de Transporte del Estado de Puebla.