Legisladores de Morena presentaron una propuesta de reforma al Código Civil, donde se incluirá en el Padrón de Deudores Alimentarios a abuelos, tíos, e incluso hermanos, en caso se no suministrar alimentos a los menores.

En la reforma entregada el pasado viernes, por los legisladores Edgar Garmendia y Guadalupe Yamak, de Morena se establecen precisiones para garantizar el derecho a la alimentación de los menores.

El Artículo 486 señala “La obligación de dar alimentos se regirá de conformidad con las siguientes: I. La obligación de dar alimentos es recíproca. El que los da tiene a su vez el derecho de recibirlos. Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos y los hijos están obligados a dar alimentos a sus padres".

Pero además se precisa “A falta o por imposibilidad de los ascendientes en primer grado, la obligación alimentaria recae en los demás ascendientes por ambas líneas, que estuvieren más próximos en grado”

“A falta o por imposibilidad de los ascendientes y descendientes, la obligación recae en los hermanos. Faltando los parientes a que se refieren las fracciones anteriores, tienen obligación de ministrar alimentos los parientes colaterales dentro del cuarto grado. Los cónyuges y los ex cónyuges deben darse alimentos en los casos señalados en este Código; misma obligación tendrán quienes vivan en concubinato".

Deudores impedidos para adoptar

Por otra parte en la reforma se precisa que quienes pretenden además adoptar un hijo, y estén en el listado, sea impedida dicha acción.

De acuerdo con su iniciativa se plantea la reforma al Código Civil, que señala en el artículo 579 Bis: "Para que se autorice la adopción, el o los que pretendan adoptar deberán reunir las condiciones que se establecen en este Capítulo y además acreditar plenamente, los siguientes requisitos: VI. Que ninguno de los adoptantes se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; VII. Las demás que establezcan las Leyes Federales y en su caso, los Tratados Internacionales de los cuales el Estado Mexicano forme parte, en materia de Derechos Humanos".

Se aclara que el objeto de esta iniciativa es contar con medidas estrictas que hagan posible combatir el fenómeno del abandono de menores y el incumplimiento de las obligaciones, en especial por parte de los padres de familia.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Estado de Puebla, se aplica como un sistema de información que contendrá la identificación de deudores alimentarios que por cualquier causa incumplan por más de noventa días con la obligación de dar alimentos, derivada de sentencia o convenio. Actualmente el estar en el padrón es un impedimento para contraer matrimonio.