El Congreso del Estado aprobará una nueva reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la cual se oficializa las facultades del Consejo de la Judicatura será el encargado de ejercer el presupuesto que corresponda a los Órganos Jurisdiccionales, y se considera órgano vigilante del Poder Judicial.

El documento, aprobado en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, propone modificar las facultades del Consejo de la Judicatura para precisar que los acuerdos generales emitidos deben circunscribirse a la materia administrativa, derogando a su vez algunas facultades que resultan reiterativas y facilitando así la estructura normativa de la Ley Orgánica.

Además, dicha reforma permite a los destinatarios de las normas tener claridad en cuanto al contenido y obligaciones al que se encuentran sujetos.

De igual forma, se prevé que el Consejo de la Judicatura sea el encargado de ejercer el presupuesto que corresponda a los Órganos Jurisdiccionales, asegurando que exista coordinación entre los entes del Poder Judicial para atender adecuadamente las necesidades de recursos económicos, materiales y humanos.

En ese sentido, las modificaciones no constituyen un cambio en la configuración constitucional del Consejo de la Judicatura, pues este se mantiene como un órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial.

Los legisladores señalaron que esto permite generar confianza en cuanto a los mecanismos internos del Poder Judicial, pues reitera la separación funcional clara y transparente de las facultades de cada órgano, pero sin incurrir en duplicidades burocráticas.

La reforma fue presentada por la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) el pasado 8 de junio y su objetivo es precisar que el Consejo de la Judicatura sea un órgano vigilante del Poder Judicial.

Además, serán de especial gravedad los conflictos de interés al interior del Poder Judicial, además robustece el régimen de responsabilidades administrativas de los funcionarios.

“Se considerarán como faltas graves, además de las así calificadas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las demás que determinen las leyes correspondientes”, señala el artículo 103 de la propuesta.

Otro propósito de la propuesta es aclarar que los órganos jurisdiccionales podrán solicitar el auxilio de otros Poderes del Estado.

En la iniciativa se especifican las facultades con las que cuentan los servidores públicos distintos a los jueces, jueces, magistrados y consejeros que integran el Poder Judicial.