La diputada local por el Partido Acción Nacional (PAN), Nancy Jiménez Morales, presentó una adición al Artículo 17 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, para poner fin a los matrimonios forzados que se siguen realizando bajo el argumento que se trata de “usos y costumbres”.

Explicó que la legislación actual tiene una laguna ya que solo señala: Violencia contra las mujeres en la comunidad, consiste en los actos individuales o colectivos, motivados por razones de género, tendentes a transgredir sus derechos humanos, así como denigrar, discriminar, marginar o excluirlas de cualquier ámbito en el que se desarrollen.

Explicó que a pesar de que existen causales que impiden el matrimonio, en muchos de los casos se lleva a cabo, de manera forzada, lo cual es una violación directa a los derechos humanos principalmente de niñas, adolescentes y mujeres.

Jiménez Morales señaló que este matrimonio se caracteriza porque se produce sin el pleno consentimiento de una o ambas partes, o cuando una o ambas partes no puede terminar o abandonar el matrimonio, ya sea por resultado de coacción o intensa presión social o familiar, por lo cual, a lo largo del matrimonio, las niñas, adolescentes y mujeres son altamente propensas a ser víctimas de diferentes tipos de violencia.

Advirtió que en el estudio realizado para presentar la iniciativa, destaca que Puebla ocupa el sexto lugar a nivel nacional en matrimonios arreglados, siendo algunas de las causas: como embarazos, "robadas", o les ofrecieron dinero a sus padres a cambio de contraer matrimonio con su hija.

Precisó que también afecta a mujeres mayores de edad, pues su edad no las excluye de ser víctimas de esta situación, por lo que resulta viable incorporar estas conductas dentro de los tipos de violencia a los que se puede enfrentar una mujer, y el número de menores de edad se reduce después de las reformas presentadas.

La iniciativa

La reforma al Artículo 17 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla tendrá como añadido:

Se considerará violencia contra las mujeres en la comunidad, el realizar acciones encaminadas a que una niña, adolescente o mujer contraiga matrimonio forzado, o establezca cualquier relación, de carácter civil o personal, incluyendo las acciones de familiares o personas que las tengan bajo su responsabilidad, a cambio o no de algún beneficio directo o indirecto; sin que puedan alegarse los usos, costumbres o tradiciones, de cualquier pueblo o comunidad.