El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desechó durante la sesión del domingo la impugnación presentada por el excandidato a la presidencia estatal del Partido Acción Nacional (PAN), Felipe Velázquez Gutiérrez, por lo que se mantiene firme el triunfo de Mario Riestra Piña.
Luego de que el pasado jueves 26 de diciembre la Comisión Nacional de Procesos Electorales del Partido Acción Nacional (PAN) validó el triunfo de Mario Riestra Piña como dirigente estatal del partido en Puebla, fue presentada la queja.
Además, la Comisión Nacional de Procesos Electorales validó que siete allegados a Mario Riestra sean integrantes de la Comisión Permanente Estatal del PAN en Puebla, debido a que su planilla obtuvo el 62% de los votos en la sesión extraordinaria del Consejo Estatal celebrada el pasado 15 de diciembre.
Durante la sesión, se resolvió el juicio TEEP-JDC-215/2024, promovido por Felipe Velázquez en contra de la resolución emitida por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional que declaró infundados sus agravios en el recurso de inconformidad por el proceso del pasado 15 de diciembre.
En la ponencia dada a conocer, se señala que en el estudio de fondo, se advirtió la actualización de la causal de improcedencia prevista en el artículo 369, fracción VIII, del Código de Instituciones y Procesos Electorales, ello pues la pretensión máxima de la parte actora, de asistirle la razón, no podría lograrse al ya haberse celebrado la elección para la renovación de los integrantes de la dirigencia estatal del Partido Acción Nacional, por lo que el acto reclamado se consumó de manera irreparable.
Resolución
En consecuencia, en el Juicio de la Ciudadanía TEEP-JDC-215/2024, se resolvió: Se DESECHÓ DE PLANO el juicio de la ciudadanía, en términos de lo establecido.
La causa
La impugnación fue presentada por el candidato del grupo de Eduardo Rivera, mientras la planilla de Felipe Velázquez Gutiérrez acusó que no permitieron la participación de dos consejeros que no tenían credencial de elector, sin embargo, no fue determinante en los resultados.
De acuerdo a fuentes consultadas, la diferencia de votos que hubo entre una y otra formula fue con una marcada diferencia, por lo tanto no procede el declarar la nulidad de la elección, una vez que fue el único incidente que se presentó.
El excandidato a la presidencia municipal de Puebla, logró 70 votos en la sesión de consejeros, mientras que Felipe Velázquez Gutiérrez, apenas obtuvo 43.