La diputada local, Araceli Celestino Rosas, presentó ante el Congreso del Estado la iniciativa para crear la Ley de Atención a Personas Migrantes y Movilidad Humana del Estado de Puebla, donde se establecen derechos y obligaciones, además de que se establecerá un registro estatal.

La presidenta de la Comisión de Migración y Asuntos internacionales explicó que de acuerdo a datos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) presentados en febrero de 2024, se estima que en Estados Unidos residen más de 2.8 millones de personas de origen poblano, lo que representa el 7.7 % de los 37.3 millones de mexicanos que viven en ese país. Este porcentaje sitúa a Puebla en el cuarto lugar nacional en cuanto a población migrante en Estados Unidos, empatado con Guanajuato y solo por detrás de Michoacán, Guerrero y Oaxaca (Zambrano, 2024).

Además, Puebla también actúa como receptor migratorio, se estima que la población inmigrante interna de cinco años y más es de 285 mil 284 personas. Esto la sitúa como la sexta entidad federativa con el mayor número de población migrante interna por detrás del Estado de México, la Ciudad de México, Nuevo León, Jalisco y Veracruz (Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la Secretaría de Gobernación Federal, 2022).

Indicó que en la iniciativa que se presentó, se encuentra la creación del Registro Estatal de Migrantes es un instrumento administrativo orientado a identificar, atender y dar seguimiento a las personas migrantes y a sus familias, así como a contribuir a la formulación de políticas públicas basadas en estudios cualitativos y cuantitativos. Su integración, administración, protección y operación estarán a cargo del Instituto Poblano de Asistencia al Migrante.

Además se establece que el Estado reconoce la migración de retorno como una dimensión específica del fenómeno migratorio que implica el regreso de personas poblanas a sus comunidades de origen, tras haber residido en el extranjero o en otras entidades federativas. Puntualiza que las personas en situación de retorno tendrán los mismos derechos reconocidos por esta Ley y serán consideradas como sujetos prioritarios de atención.

Además el Estado garantizará a las personas migrantes en retorno y sus familias: I. Acceso a servicios de salud, educación, vivienda y empleo, sin discriminación alguna; Facilidades para el reconocimiento y revalidación de estudios cursados en el extranjero.

Aclara que las atribuciones establecidas en la presente Ley serán ejercidas por el Instituto Poblano de Asistencia al Migrante, sin menoscabo de las atribuciones que le corresponden a la Federación establecidas en la Ley de Migración.

Con la aprobación de la ley se deberá:

  • Diseñar, operar, ejecutar y evaluar políticas, programas, campañas y acciones orientadas a garantizar los derechos de los sujetos de la ley.
  • Establecer una coordinación permanente con el Gobierno Federal y en especial con la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Instituto de los Mexicanos en el Exterior, y el Instituto Nacional de Migración, para aprovechar la amplia integración interinstitucional que presentan los distintos programas y acciones establecidos por las mencionadas instancias, así como para optimizar los esfuerzos que sobre la materia realice el Estado, en beneficio de poblanos en el extranjero.