Tanto la multa por más de 60 mil pesos como la amonestación pública que se le aplicaría al Partido Revolucionario Institucional (PRI) quedaron en el aire luego que los magistrados de la Sala Regional de la Ciudad de México revocaron la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) del pasado 12 de diciembre.

En la sesión de este jueves, los togados ordenaron que en un plazo máximo de 10 días el TEEP emita una nueva sentencia luego que a su parecer, se vulneró el debido proceso.

Tras estudiar el expediente SCM-JRC-22-2017, presentado por la magistrada María Guadalupe Silva Rojas, los tres togados de la Sala Regional avalaron que la resolución del 12 de diciembre del TEEP vulneró el debido proceso por no escuchar la defensa del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Por ello aprobaron, por unanimidad, la propuesta y ordenaron al tribunal local emitir una nueva resolución en la que sí analice y tome en cuenta las preguntas formuladas por el PRI. También pidieron que determine lo procedente respecto de multa que podría o no aplicársele al partido que encabezó la “Coalición 5 de Mayo” en el proceso electoral 2012-2013.

El juicio promovido por el PRI en el expediente SCM-JRC-22/2017 asegura que el tribunal local no estudió las manifestaciones realizadas en la contestación del proceso ante dicha instancia, lo cual vulnera la adecuada defensa del partido, agrega que el análisis de ese escrito resultaba necesario para justificar las determinaciones tomadas en la sentencia impugnada.

El tricolor se inconformó con la sentencia que dictó el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) donde se le impuso una multa por  60 mil 207 pesos.