El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Civil negó a Uber México el amparo que solicitó la empresa de transportes para cobrar en efectivo en Puebla, este lunes.

Se argumentó que, en caso de  concederlo, "afectaría el interés colectivo en beneficio del particular".

El 12 de diciembre de 2017, la empresa informó que solicitó una suspensión de la ley estatal de transporte, con el argumento de que el pago en efectivo se aceptaba desde marzo de ese año y que más de 326 mil poblanos lo habían utilizado.

El órgano jurisdiccional determinó que los estados deben crear las medidas de seguridad para salvaguardar la seguridad de los usuarios, por lo que avaló la decisión del Congreso de reformar una ley y prohibir el cobro en efectivo de los servicios de Uber. 

El juez defendió la reciente reforma a la Ley del Transporte de Puebla, que plantea que el servicio ejecutivo debe otorgar tranquilidad a las familias poblanas.

También señaló que el estado es titular de los servicios públicos y si algún particular quiere prestar alguno de ellos, deberá apegarse a lo que dice la norma; es decir, la reforma a la Ley del Transporte.

“Que el Estado es titular y rector de los servicios públicos, por lo que, aún si un particular adquiere derechos en relación con esos servicios, siempre estarán limitados por el interés público”, refiere la sentencia.

La reforma a la Ley del Transporte se originó tras el asesinato de la estudiante de la Universidad Popular Autónoma de Puebla (Upaep), Mara Fernanda Castilla -el 15 de septiembre de 2017- en manos de un chofer de Cabify.

También está el asesinato de la estudiante de la BUAP, Mariana Fuentes, quien perdió la vida el 1 de octubre de 2017 tras un asalto  en el que participó un conductor de Uber.

Para el 31 de octubre, el Congreso de Puebla avaló la reforma a la Ley del Transporte presentada por el gobernador José Antonio Gali Fayad.

Las reformas establecían evitar cobros en efectivo, instalar botones de pánico en las unidades, exámenes toxicológicos de los choferes, presentar constancia de antecedentes no penales. 

Así como permitir a las autoridades de Puebla acceder a sus sistemas de geolocalización en caso de requerirse.