La Comisión de Gobernación del Senado de la República inició el análisis de la minuta que expide la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas aprobada por la Cámara de Diputados la semana pasada.

La nueva legislación establece las responsabilidades y sanciones que deberán imponerse a las personas físicas y morales, mexicanas o extranjeras, que incurran en ilícitos durante su participación en contrataciones públicas federales o transacciones comerciales internacionales.

La minuta precisa que los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas federales estarán sujetos a responsabilidad en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

Además, una vez recibida la denuncia por presuntos actos de corrupción, las autoridades podrán solicitar información a los involucrados e instituciones públicas, que deberá proporcionarla en el plazo de diez días hábiles a partir de su notificación.

A su vez la autoridad tendrá acceso a la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos, incluida aquella que las disposiciones legales consideren como de carácter reservado.

El nuevo ordenamiento incluye sanciones a las personas morales que participen en actos de corrupción con multas que van de 10 mil hasta dos millones de veces el salario mínimo, o inhabilitación por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de 10 años.

En el caso de las personas físicas, se fijan multas que van de mil a 50 mil veces el salario mínimo, o inhabilitaciones para participar en contrataciones públicas de carácter federal por un periodo menor de tres meses ni mayor de ocho años.

Por su parte, la Secretaría de la Función Pública será la autoridad facultada para investigar y, en su caso, sancionar a los culpables que incurran en las infracciones que establece esta ley.