La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó por mayoría de votos la Norma Oficial Mexicana (NOM) que establece que las víctimas de violación tendrán el derecho de las acceder a la interrupción del embarazo.

A pesar de mostrar ideas contrarias, la mayoría de los elementos de la SCJN coincidieron en que el derecho a abortar bajo esta circunstancia es un tema "incuestionable".

Por su parte, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar destacó que estas medidas revierten las restricciones en este rubro.

"En el caso de violación me parece que es casi incuestionable que este derecho debe ser accesible, cercano, rápido y pronto. Me parecería muy grave poner requisitos excesivos e interpretaciones rigoristas de cómo se debe cómo se debe modificar una Norma Oficial Mexicana para no generar cierta incomodidad a las autoridades que la van a aplicar perjudicando el derecho de las mujeres y las niñas”, argumentó.

¿Qué significa esta medida?

La NOM 046 establece que las víctimas de violación en México tienen derecho a acceder al aborto en cualquier institución de salud pública del país.

La NOM también expone que todas las instituciones médicas deberán contar con médicos y enfermeras que cumplan con ello, además de que ya no necesitarán avisar ante el Ministerio Público.

De acuerdo con esta NOM, a partir de ahora bastará que la víctima presente un escrito o manifieste bajo protesta de decir verdad que fue agredida sexualmente para que tenga acceso inmediato a la interrupción legal del embarazo.