En los dos últimos años la Secretaría de Salud ha clausurado de manera temporal al menos 47 establecimientos por violar la ley antitabaco que fue aprobada hace cuatro años.

La principal causa por la cual establecimientos como “antros”, restaurantes, bares y otros comercios han incumplido esta norma es la gran inversión que representa para los empresarios poder adecuar sus negocios a esta nueva ley.

Para contar con un espacio con área especial para fumadores, el dueño de un “antro” o restaurante deberá invertir por lo menos 150 mil pesos.

Por ello, la Secretaría de Salud ha realizado operativos necesarios a negocios y verificar que se cumpla con esta ley, dio a conocer el subdirector de la Dirección de Regulación Sanitaria, Víctor Julio Casiano.

El funcionario estatal confirmó que gracias a las denuncias ciudadanas se ha suspendido de manera temporal a un total de 47 negocios en la capital poblana.

De hecho, informó que en 2012 se realizaron mil 25 visitas de verificación, pero sólo a los establecimientos que estaban declarados como 100 por ciento libres de humo de tabaco.

El funcionario refirió que gracias a estos operativos el año pasado fueron 36 suspensiones de trabajo, mientras que en 2013 de enero a la fecha son 11 establecimientos, dando un total de 47 negocios sancionados.

“El (artículo) 412 de la ley nos dice que la suspensión de actividades es una medida de seguridad el que una persona esté fumando en un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco pone en riesgo la salud de las personas que están ahí.”

Explicó que suspender las actividades de un negocio sólo se trata de una medida precautoria hasta que los dueños cumplan con las adecuaciones o, de lo contrario, se mantendrá cerrado.

Víctor Julio Casiano aseveró que en estos operativos no sólo se revisa que halla humo de cigarro en el ambiente, sino también que se cuente con la señalética adecuada, entre otros más.

“La sanción mínima, traducida en pesos, estamos hablando de 59 mil pesos; un mensaje para todos los empresarios es que no se arriesguen por dejar fumar a un cliente, económicamente no les conviene.”

El funcionario de la Secretaría de Salud aseguró que en general 5 por ciento de todos los negocios en Puebla son los que pueden o los que cuentan con espacios adaptados para fumadores.

“Es un poquito costoso, toda vez que aquel establecimiento que no tiene una terraza, es decir, que su espacio será cerrado, sí les sale muy caro.”

El funcionario estatal dijo que los negocios que no cuentan con los recursos para adecuar sus establecimientos tienen la solución de declararse como espacios libres de tabaco, por lo que hizo un llamado a los ciudadanos a denunciar cualquier anomalía al 777 80 00, extensión 2109, donde se pueden quejar de un negocio donde se pueda fumar.

Para detectar un lugar donde no se puede fumar es por medio de la señalética, además de que cualquier negocio que se encuentre cerrado es el principal indicio de que no se puede fumar.

Las adecuaciones

De acuerdo con la ley aprobada por el Congreso de la Unión, para obtener el permiso correspondiente es indispensable contar con requisitos como:

•    Espacios al aire libre

1. Deben estar físicamente separados e incomunicados de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco, además de no ser paso obligado para las personas ni tampoco encontrarse en los accesos o salidas del inmueble.

2. En estos espacios no podrán estar menores de edad y deberá advertirse a las mujeres embarazadas de los riesgos al entrar en esa zona.

•    Espacios interiores aislados


1. El espacio libre de humo de tabaco debe tener, como mínimo, el doble del destinado al espacio interior aislado.

2. De hecho, se señala que del total del espacio se debe contar con un 33 por ciento del total del espacio.

3. Para calcular los espacios se tiene que tomar en cuenta sólo la superficie destinada a brindar tus servicios sin considerar otras áreas como cocina, baños, cajas, estacionamiento o almacenes.

4. Debe estar totalmente separado de piso a techo de pared a pared de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco.

5. Debe contar con una puerta de apertura y cierre automáticos, con mecanismo de movimiento lateral no abatible.

6. No debe ser paso obligado para usuarios y/o trabajadores.

7. Debe tener señalamientos de la prohibición de entrada a menores de edad, así como advertencias respecto a los riesgos para la salud que implica estar dentro.

8. Se debe de contar con un sistema de ventilación y purificación.

De ahí el principal problema, pues tan sólo en el cumplimiento de los puntos 3 y 6, los inversionistas deberán pagar precios aproximadamente de 60 mil pesos por puerta automática y 30 mil pesos por sistema de ventilación.