Derivado de la pandemia mundial del Covid-19, el Ayuntamiento pospuso seis meses más la entrada en acción de las multas establecidas por la entrega de de bolsas de plástico, unicel y popotes. 

Además, la responsable de la Secretaría General de la alcaldía, Liza Aceves López anunció que la comuna homologará las reformas al Código Reglamentario Municipal con la Ley Orgánica del Estado de Puebla para caminar en la misma senda.

Las multas para propietarios de comercios que entreguen esas herramientas para trasladar artículos entraban en vigor el próximo viernes 1 de mayo en el caso de las bolsas y unicel además de los popotes, el jueves 30 de julio.

El sector empresarial que emplea esas tres  formas para ayudar a sus clientes, indicó que pidieron que el reglamento municipal se homologue con la misma ley aprobada por el estado. 

"La reforma contempla plástico para envolturas, por el manejo de alimentos en centros comerciales y mercados, y se propone aterrizar los tiempos con los del estado lo cual se aprobará en sesión de Cabildo (posiblemente la de este viernes 17 de abril)". 

Reiteró que después de aprobarse la modificación se aplazará la entrada de aplicaciones de las multas económicas por seis meses más en entrega de bolsas, uso de unicel y popotes para paliar los aspectos negativos del coronavirus. 

Las reformas al Código Reglamentario Municipal (Coremun), entraron en funciones desde el primer día de enero de este 2020, pero el Cabildo aprobó un período de gracia para generar conciencia, informar a través de una campaña y hacer que los ciudadanos participen en cambiar los hábitos de consumo para transportar sus víveres, productos y alimentos en envases que no alteren el medio ambiente.

Tres tipos de infracciones 

El Ayuntamiento tiene tres tipos de infracciones al artículo 1821 del Coremun para propietarios de negocios, changarros y estanquillos que sigan entregando productos en contenedores prohibidos, las multas serán impuestas por personal de la dirección de Gestión Ambiental, que irán correctamente identificados.

  • La primera cuota oscila entre 15 a 30 Unidades de Medida (UMA), el indicados más bajo de este rango es de mil 267.35 pesos a los dos mil 500 pesos para establecimientos susceptibles del aviso de apertura de negocios.
  • La segunda sanción será de 30 a 100 UMA cuando el dueño o propietarios del establecimiento infractor sea susceptibles al trámite de licencia de funcionamiento de los negocios.
  • El tercer caso va de 30 a 500 UMA, el indicador más elevado por ser la infracción de 42 mil 245 pesos, cuando el giro del negocio sea tiendas de autoservicios, departamentales, bodegas de abarrotes o sus equivalentes al catálogo de giros comerciales.

Pero en el caso de reincidencia, la administración municipal cancelará temporalmente la licencia de funcionamiento.

Los negocios comerciales, complementarios, industriales y de servicios que no cumplan con estas medidas después de las fechas establecidas, serán sujetos a multas que van de 15 a 500 UMAS, de mil 267.35 pesos hasta los 42 mil 245 pesos.

Aceves López insistió que los plazos para dejar de usar esas herramientas sí se cumplirán porque únicamente se aplazarán las etapas de multas económicas.