El Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, informa que al resolver el expediente 415/2013 negó el amparo solicitado por varios maestros en contra de la Ley General de Servicio Profesional Docente, Ley General de Educación y Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, (conocida como reforma educativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013), ya que su contenido no contraviene los derechos de los trabajadores de la educación consagrados en la Constitución Federal ni en tratados internacionales, señala un comunicado del poder judicial.
La resolución detalla que las normas secundarias de la llamada reforma educativa tienen como finalidad dar cumplimiento al Artículo Tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que la educación que imparta el Estado debe de ser de calidad.
Al resolver la demanda de amparo 415/2013, el impartidor de justicia determina que las nuevas normas no violan los derechos adquiridos por los profesores con anterioridad, porque sus efectos siempre serán hacia el futuro, nunca hacia el pasado.