En los últimos años se han aprobado normas con el propósito de respetar los derechos de las mujeres: la Ley Olimpia, que protege a las féminas en caso de ser víctimas de violencia digital, y la Ley Ingrid, que prohíbe que se difunda información reservada de las mujeres involucradas en algún proceso penal.

Pero, ¿sabías que estas leyes fueron propuestas por casos donde estuvieron involucradas dos poblanas? Aquí te contamos los detalles.

La Ley Olimpia

La Ley Olimpia fue propuesta a consecuencia de la difusión en redes sociales de un video íntimo de Olimpia Coral Melo, por parte de su expareja sentimental como forma de venganza, sin su consentimiento, en el municipio de Huauchinango.

Cuando Olimpia fue a interponer la denuncia se dio cuenta de que no era procedente, debido a que esta acción no estaba tipificada como delito.

A causa de este hecho en 2014 se propuso una iniciativa en el Congreso de Puebla para reformar el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que se incluyera la violencia digital como un delito. La cual tardó siete años en ser aprobada, pero, actualmente se ha vuelto una ley nacional.

La violencia digital se basa en la difusión, reproducción, exhibición, comercialización, intercambio de contenido sexual a través de los medios digitales, sin el consentimiento. Afectando la dignidad, la vida privada y la seguridad de las personas, ocasionando daño de manera psicológica y moral.

Actualmente, gracias a la Ley Olimpia se castiga a quien viole esta norma con tres a seis años de prisión, de 300 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA) así como el pago por reparación de los daños y perjuicios que se ocasionaron.

La Ley Ingrid

Por su parte, la Ley Íngrid fue constituida a partir de un feminicidio. El 9 de febrero de 2020, la poblana Ingrid Escamilla fue asesinada dentro de su domicilio en la alcaldía Gustavo A. Madero de la Ciudad de México por su pareja sentimental.

Al realizarse el reporte de los hechos las imágenes de la víctima fueron filtradas y difundidas en redes sociales y algunos medios de comunicación. Esto causó enojo para muchos movimientos feministas, quienes exigieron garantizar que estas acciones no ocurran más.

A raíz de esto, se propuso la creación de la Ley Ingrid, la cual fue presentada por la fiscal general de la Ciudad de México, Ernestina Godoy Ramos.

Un año después, el Congreso de la Ciudad de México aprobó esta ley para sancionar penalmente a servidores públicos que difundan información o documentos del lugar o los hechos del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal.

Gracias a la Ley Ingrid se castiga con dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil UMAs a quien incurra en la difusión de información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal.