En el país, existe el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), el cual es un impuesto del mismo tipo que el IVA, es decir, es un impuesto indirecto. Los impuestos indirectos los paga casi en su totalidad el consumidor al momento de adquirir el bien gravado, pues la empresa que vende la mercancía solamente transfiere el monto del impuesto que generó la transacción.

Una de las mercancías que estaba gravada con este impuesto era la cerveza sin alcohol importada. Pero ya no.

Hoy la Secretaría de Hacienda y Crédito Público decidió dar un “estímulo” a los importadores, los prestadores de servicios de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución. La razón para otorgar este estímulo es que, dado que este tipo de cerveza no tiene alcohol, es preferible a la que sí tiene; por lo tanto, se debe de fomentar el consumo de la cerveza sin alcohol y para ello hay que reducir el precio.

La eliminación de un impuesto a la importación puede hacerse de dos formas: una inteligente y otra no tan inteligente. La primera es cuando se negocia con otros países la eliminación de sus impuestos a la importación y la entrada en vigor de estas nuevas disposiciones. De esa manera, los países que negocian probablemente se beneficiaran mutuamente del libre comercio. La otra, la no inteligente, se da cuando unilateralmente un país quita sus impuestos a la importación.