Multas de hasta 51 mil 870 pesos y clausura aplicará la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial (SMADSOT) a personas físicas o morales que no le entreguen información sobre sus fuentes de contaminación, de acuerdo con lo que establece la Ley del Cambio Climático del Estado de Puebla.

El documento que fue publicado este martes en el Periódico Oficial del Estado (POE), establece las medidas que tomarán la administración estatal y las municipales, sus obligaciones y las sanciones que aplicará para combatir el fenómeno de manera local.

Destaca la creación por parte de la SMADSOT, de un Registro Estatal de Emisiones con información actualizada anualmente y que podrá ser consultada a través de un sistema de información.

Los datos serán cargados con los datos otorgados por sujetos obligados, entre los que se encuentran personas físicas o morales que serían sancionados en caso de negarse.

Además de la clausura, las multas por no facilitar la información a las autoridades, irán de las 50 a las 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), y en caso de que sea falsa la sanción será de entre 100 y 500, es decir, hasta de 51 mil 870 pesos.

La SMADSOT también podrá practicar visitas de inspección a las fuentes de emisiones para verificar que correspondan con lo reportado.

Fondo Estatal

La Ley del Cambio Climático del Estado de Puebla funcionará con un fondo económico que estará conformado con recursos federales, estatales y municipales.

También podrán hacer aportaciones las personas físicas o morales de carácter público, privado o social nacionales y del extranjero.

Será la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial la responsable de emitir las reglas de operación.

La nueva legislación entrará en vigor a partir del miércoles 9 de agosto.