Luego de tres años de investigaciones y distintos trámites, finalmente la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHP), emitió la recomendación 02/2025, sobre el fallecimiento de un recluso en el Centro Penitenciario Regional de Tehuacán.

Es la segunda recomendación emitida en la administración de la nueva presidenta de la CDH, Rosa Isela Sánchez Soya y segunda del año.

El documento, dirigido al ahora actual presidente municipal de Tehuacán, Alejandro Barroso Chávez, surge tras una investigación sobre el fallecimiento de un recluso identificado como V1 en el Centro Penitenciario Regional de Tehuacán.

El problema comenzó la madrugada del 14 de febrero de 2022, alrededor de las 2:13 horas, cuando los custodios identificados como C1 y C2, durante un rutinario recorrido por el módulo D, se toparon con el cuerpo del recluso, que yacía semi desnudo en la celda 411, con evidentes signos de violencia en el rostro.

La alarma se desató de inmediato, y aunque se llamó al médico penitenciario y llegó personal de la Cruz Roja Mexicana, a las 2:32 horas, el destino ya estaba sellado.

A las 2:40 horas, los paramédicos confirmaron la muerte y posteriormente la necropsia reveló que la muerte fue por asfixia mecánica por broncoaspiración de líquido hemático y un trauma craneoencefálico con hemorragia intraparenquimatosa, resultado de un golpe contundente.

La investigación de la Fiscalía General del Estado (FGE) desentrañó un relato de violencia descontrolada. Donde la víctima quien purgaba una sentencia por homicidio doloso, habría desencadenado el caos la noche anterior, atacando a otro interno con un objeto punzocortante.

Según testimonios de reclusos, la tensión explotó pasadas las 23:59 horas del 13 de febrero, cuando la víctima descrito como un hombre distante, desconfiado y consumidor de cristal, agredió a su compañero, desatando una brutal pelea.

Otros internos, incluyendo los testigos, lo sometieron a golpes y patadas, amarrándolo con su propio pantalón hasta que colapsó, ahogándose en su propia sangre mientras los gritos de auxilio resonaban en vano.

Sin embargo, la CDH señaló a tres custodios de una omisión, pese a los llamados de ayuda de los reclusos, no intervinieron a tiempo, lo que llevó a una carpeta por incumplimiento de un deber legal.

La CDH señaló que la autoridad penitenciaria falló estrepitosamente al no brindar atención psicológica al reo ante de se fallecimiento, cuyo estado mental inestable era evidente, ni auxilio inmediato para frenar la agresión.

De este modo se emitió la Recomendación 02/2025 que exige al ayuntamiento de Tehuacán, quien era presidido entonces por Pedro Tepole,  atención psicológica gratuita e integral para los hermanos de la víctima y a los reos que participaron en el crimen.

Además, debe haber una compensación económica justa, con apoyo de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAVI); investigaciones administrativas contra los custodios involucrados; capacitación obligatoria en derechos humanos para el personal del penal de Tehuacán; y un seguimiento riguroso a la investigación penal de la FGE. Además, se solicita a la CEEAVI.

La CDH da al ayuntamiento un plazo de 15 días hábiles para aceptar y cumplir, bajo amenaza de hacerlo público si se niegan.