La Primera Sala de la SCJN subrayó que “la mujer ha dejado de ser reducida al mero papel de ama de casa y, por el contrario, ejerce en plenitud, con libertad e independencia, la configuración de su vida y su papel en la familia”.
Los ministros se separaron de las justificaciones que exponen algunas leyes de que la mujer tiene una “específica aptitud para cuidar a los hijos”, así como de aquellas concepciones que la colocan en que la madres tienen preferencia para cuidar a sus hijos, debido a las costumbres que imperan en el núcleo social nacional.
En este sentido, estableció que en el ordenamiento jurídico mexicano no existe la presunción de idoneidad absoluta a favor de alguno de los progenitores, pues en principio tanto el padre como la madre están capacitados de igual forma para atender de modo conveniente a los hijos.
“El menor necesita tanto de su madre como de su padre aunque de modo diferente, en función de la edad. Ambos progenitores deben hacer posible y propiciar la presencia efectiva de esas funciones simbólicas en el proceso de maduración personal de los hijos”, recalcó la Sala de la Corte.
La sala confirmó la constitucionalidad de una disposición del Código Civil del Estado de México que señala que “los menores de 10 años quedarán al cuidado de la madre, salvo que sea perjudicial para el menor”, pero propuso una interpretación distinta a la tradicional.
Consideró que, si bien el Legislativo puede optar por otorgar preferencia a la madre al momento de atribuir la guarda y custodia de un menor, normas de este tipo no se deben interpretar en clave de un estereotipo en el que la mujer resulta, per se, la persona más preparada para tal tarea.
La justificación de estas normas se encuentra en estudio de especialistas nacionales y extranjeros, que dicen que el protagonismo de las madres en la conformación de la personalidad de sus hijos durante la primera etapa de su vida resulta determinante en el desarrollo de su conducta hacia el futuro.
Esta idea también se sustenta en diversos instrumentos internacionales, sin embargo los ministros puntualizaron que expertos también han subrayado que el proceso de individualización del niño se da a través de la “necesaria e insustituible presencia de ambos progenitores”.