El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) informó a través de un comunicado, que la SRE dio cumplimiento a la petición de hacer pública la nota diplomática que envió al gobierno de Estados Unidos solicitando inmunidad al ex presidente Ernesto Zedillo Ponce de León.

La Cancillería notificó al IFAI sobre la decisión e hizo pública la copia de la nota diplomática.

La SRE había reservado el documento por 12 años, para evitar afectaciones en la relación con Estados Unidos.

El IFAI recibió después cuatro recursos de revisión relacionados con esa decisión, y resolvió que la clasificación procedía, pero sólo por tres meses o, en su caso, hasta el momento en desaparecieran las causas que motivaron la reserva.

Esto último ocurrió el pasado fin de semana, cuando el gobierno de Estados Unidos otorgó la inmunidad al ex presidente mexicano.

Zedillo Ponce de León fue sujeto a una demanda civil, formulada con fundamento en las leyes Alien Torts Claims Act y Torture Victim Protection Act, radicada ante la Corte de Distrito de Connecticut, Estados Unidos, y que se refiere a acciones presuntamente cometidas por él en su calidad de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

El pasado 23 de julio de 2012, el Departamento de Justicia presentó una moción ante dicha Corte en la que manifestó la intención del gobierno estadounidense de pronunciarse sobre la solicitud de inmunidad, a más tardar, el próximo 07 de septiembre de 2012.

En la carta difundida (texto íntegro), fechada el 4 de noviembre de 2011, signada por el embajador Arturo Sarukhan, dirigida a la Secretaria de Estado Hillary Clinton, se indica:

“Deseo manifestar el rechazo de mi gobierno a cualquier proceso interno que vulnere la soberanía de México, al ejercer jurisdicción para conocer de supuestos actos ocurridos en territorio nacional en los que presuntamente intervino el Presidente de la República. En este sentido cabe destacar que cualquier acto realizado por el ex presidente Ernesto Zedillo Ponce de León (...) se llevó a cabo en el curso de su función oficial como jefe de Estado y por lo tanto, de pronunciarse en algún sentido, la Corte estaría decidiendo sobre acciones soberanas del gobierno de México, realizadas es su territorio”.

Asimismo, en virtud de lo anterior, en la carta se indica que el que firma, a nombre de la embajada “solicita la intervención del Departamento de Estado a través del Departamento de Justicia ante la Corte federal de Distrito para el Distrito Connecticut, mediante una sugerencia de inmunidad respecto al ex Presidente de México”.

En este sentido, en la carta subraya el reconocimiento a la inmunidad de que gozan los funcionarios extranjeros por actos realizados en su capacidad oficial, como un principio arraigado en el derecho internacional.

Por otro lado, el documento refiere sobre los casos Gerritsen v. De la Madrid, Habyarimana v. Kagame, Giraldo v. Drummond Co., como muestra de las instancias en las que el Departamento de Estado ha intervenido en el pasado en las cortes estadunidenses.

Por último, en la carta establece que el proceso como el que se pretende sustanciar en contra del Ex Presidente de México, afectaría la relación bilateral entre México y Estados Unidos, al “desestimar la actuación de diversas autoridades nacionales en respuesta de los acontecimientos ocurridos en la localidad de Acteal, Chiapas en diciembre de 1997, hechos que el Gobierno en turno condenó enérgicmanete, abocándose de inmediato a la investigación y presentación de los responsables ante las intancias de procuración de justicia".