El registro de agresores sexuales a mujeres en la Ciudad de México sería de consulta pública y los jueces estarían obligados a inscribir a los sentenciados por un periodo que podría ser desde 10 hasta 30 años.

Lo anterior como parte de los acuerdos que tomaron los diputados de las comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia en conjunto con la de Atención Especial a Víctimas, durante la dictaminación de dos iniciativas de la Ley de Registro Público de Agresores Sexuales.

La discusión del dictamen aprobado -que solo tuvo el voto en contra de Tonatiuh González Case y la abstención de Jorge Gaviño Ambriz- nace a partir de la propuesta de Ley de Registro de Agresores Sexuales promovida por el diputado Miguel Ángel Salazar Martínez y otra enviada en el mismo sentido por la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo.

“(La primera propuesta es) establecer que la inscripción en el registro de agresores fuera con un mínimo de 10 años, dejando la potestad amplia al juez. La segunda es que se estableciera la medida de seguridad al ser obligatoria para el juez”, puntualizó Eduardo Santillán Pérez, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

El legislador también planteó que el registro sea público con los datos de los agresores para la consulta de los usuarios, principalmente de las mujeres, y no imponer la solicitud previa a la autoridad para la visualización de la información, tal como algunos diputados lo sugirieron.

En la misma mesa de trabajo se realizaron múltiples correcciones al texto de la Ley de Agresores Sexuales, principalmente de sintaxis y ortográficos.

Santillán Pérez comentó que en el periodo comprendido del 5 de diciembre de 2018 al 17 de noviembre de 2019 en la Ciudad de México se registraron 56 feminicidios y mil 269 violaciones a mujeres, sin embargo no detalló cuántas personas fueron sentenciadas por cometer dichas agresiones.

Durante la reunión de trabajo en el Congreso capitalino la discusión se centró en definir si los datos de los sentenciados deberían ser públicos o no, además de determinar el periodo en que debían permanecer sus datos inscritos.

Por su parte, Gaviño Ambriz criticó la contradicción inicial que existía sobre si el registro debía ser abierto o no, debido a que en otros países los datos de los acusados no son completamente públicos.

Con información de Notimex