Este viernes, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señaló que es improcedente el decreto aprobado por el Congreso de la Unión el pasado jueves, que autoriza la promoción de la Revocación de Mandato.
Dicha reforma legislativa se realizó con el fin de que, a pesar de que se encuentre la veda electoral, los funcionarios públicos puedan promover la referida consulta.
Sobre la invalidación del decreto, los magistrados indicaron que el Congreso cuenta con las facultades para interpretar las leyes, sin embargo, el artículo 105 de la Carta Magna señala que ello no es aplicable por la temporalidad establecida de al menos 90 días antes de que comiencen los comicios.
Cabe recordar que este jueves, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto que permitía a servidores públicos opinar y promover la Revocación de Mandato.
Tras anular dicho cambio, se adjuntaron medidas para que no se incurra en conductas infractoras por parte de funcionarios públicos, así como darle conocimiento de esta decisión al órgano Interno de Control de la Presidencia y a la Unidad Técnico de lo Contencioso Electoral.