La noche de este lunes, se consumó el despojo del Acuario de Veracruz con la publicación en la Gaceta Oficial del Estado del decreto que ordena su extinción, para entregar su operación a la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente (PMA).
El “Decreto que Extingue el Fideicomiso Público de Administración Denominado Acuario de Veracruz”, expedido por el gobernador Cuitláhuac García Jiménez, establece que la PMA tendrá a su cargo “la dirección, administración, control y supervisión, de los bienes y recursos de orden presupuestal, financiero, materiales y humanos, y del cuidado, conservación y preservación de la flora, fauna y recursos naturales a su cargo, así como los demás bienes accesorios que, con motivo de la extinción que se determina en el presente instrumento, se revierten en favor del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave”.
Se determina que el acuario tendrá un nuevo nombre, “Aquarium del Puerto de Veracruz”, y pasará a formar parte de la estructura orgánica de la PMA, con “los fines de orden público e interés social de garantizar la continuidad, permanencia y regularidad de todos los servicios” a su cargo.
La Contraloría General y la Secretaría de Finanzas y Planeación supervisarán y dictaminarán el término y finiquito de las funciones del fideicomiso así como de su traslado y adscripción al “Aquarium”, con el objeto de garantizar los bienes y el régimen patrimonial que quedan a cargo de la PMA.
Para tal fin, los recursos que conforman el patrimonio del Fideicomiso deberán ser entregados a la Tesorería de la Secretaría de Finanzas y Planeación y el Comité Técnico y el Secretario Técnico del Fideicomiso deberán “abstenerse de ejercer o comprometer los recursos que integran el patrimonio del fideicomiso y requerir al fideicomisario revierta los recursos financieros no ejercidos a la institución fiduciaria”.
La PMA conservará en su poder “la documentación del Fideicomiso que se extingue, consistente en los archivos referentes a las operaciones derivadas del cumplimiento de sus fines y atenderá los requerimientos de información o de cualquier otra índole que, en su caso, sean formulados por las autoridades competentes o cualquier persona física o moral que acredite tener interés jurídico en el Fideicomiso”.
Asimismo, desahogará el procedimiento de entrega y recepción de los bienes, requiriendo de los responsables de las funciones de ordenar, tramitar y ejecutar los acuerdos e instrucciones giradas a la entidad fiduciaria, la entrega de toda la información legal, financiera y de archivo del Fideicomiso que se extingue, así como de los informes y suscripción de los documentos atinentes al procedimiento de extinción que en este acto se acuerda.
Según el decreto, en términos de ley quedan a salvo todos los derechos laborales del personal contratado en su momento por el Fideicomisario para llevar a cabo la operación, explotación y mantenimiento del Acuario de Veracruz, de conformidad con el presente instrumento y la legislación aplicable en materia laboral.
En un plazo no mayor a 60 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto, el titular del Poder Ejecutivo del Estado efectuará las modificaciones que correspondan para actualizar el Decreto de creación o el Reglamento Interior o ambos, de la PMA, con el fin de garantizar el régimen jurídico del “Aquarium”, así como su organización y funcionamiento.