Continúan los reveses contra el morenovallismo y la Secretaría del Transporte (ST) por el proyecto del teleférico, luego de que oficialmente el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) desechó la posibilidad de una consulta a la ciudadanía para que se aprobara o no su construcción, sobre todo en la zona de edificios históricos de la ciudad.
En una carta enviada por Guillermina Ochoa Espinoza, directora de medios de comunicación de la dependencia federal, aclaró que no se tiene facultad legal para llevar a cabo el consenso con la ciudadanía, por lo que queda descartado totalmente.
En esta misma semana un grupo de investigadores y trabajadores del INAH publicó un desplegado a nivel nacional contra la medida que anunció el perito de la institución, Sergio Vergara Berdejo.
En tanto, los trabajos de construcción siguen parados no solo en el barrio del Artista, donde una jueza federal ordenó no continuar, luego de que se comprobó que trabajaron sin permisos en el lugar donde se demolió la llamada Casa Roja, que fue propiedad del fundador del sitio.
El desplegado
En el desplegado publicado a nivel nacional, los investigadores señalaron la postura de Vergara Berdejo, quien aseguró que ha manifestado que el director general del INAH, Sergio Raúl Arroyo, promovería una consulta ciudadana para definir el futuro del que llamaron “espurio teleférico”.
“A uno y otro funcionarios, los profesores investigadores del INAH les recordamos que el consenso social mantiene vigente los mandatos y alcances de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y, por lo tanto, están vigentes su espíritu y letra para todos los casos en ella contemplados.
”La investigación y conservación física, jurídica y simbólica del Centro Histórico de la ciudad de Puebla de Zaragoza está prevista en la Ley Federal sobre Monumentos y en su declaratoria como Zona de Monumentos Históricos del 16 de noviembre de 1977.
”En la primera se contemplan los delitos que se contravienen si se violentan las disposiciones de la ley. No se pueden negociar en referéndum sus bases y alcances; o se aplica la ley o se pervierte el Estado de derecho.
”Como siempre, los profesores investigadores del INAH estamos por el apego irrestricto de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en la cual y dentro de ella no hay cabida al teleférico que pretende un gobernador, totalmente deslumbrado por el oropel y la vanidad faraónica que nada tiene que ver ni con nuestro pasado, ni con el proyecto futuro que tenemos millones de mexicanos.
”Por la recuperación de nuestras historias y sus símbolos más emblemáticos y no a una seudo modernidad que solo hace millonarios a unos y empobrece intelectualmente a millones”, insistieron los expertos en el documento firmado por Felipe I. Echenique March, secretario general de la Delegación Sindical D-II-IA-1 Profesores Investigadores del INAH.
La respuesta
Inmediatamente la Dirección General del INAH respondió al desplegado desde la ciudad de México, negando que se vaya a dar dicha consulta, desmintiendo así al perito del INAH Sergio Vergara Berdejo.
“Con relación al desplegado publicado este primero de febrero en la sección Política, firmado por el historiador Felipe I. Echenique March, secretario general de la Delegación Sindical D-II-IA-I del INAH, se hace de su conocimiento que el etnólogo Sergio Raúl Arroyo García, director general de esta institución, no ha expresado la intención ni ha previsto hacer una consulta ciudadana sobre el tema del proyecto de construcción del teleférico en el Centro Histórico de la ciudad de Puebla, algo que está fuera de sus facultades institucionales.
”El Instituto Nacional de Antropología e Historia se apega en todo momento a lo establecido en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos para la conservación de los bienes nacionales”, señala la carta firmada por Guillermina Ochoa Espinoza, directora de Medios de Comunicación del INAH
“Una idiotez”
Días antes la especialista y una de las que encabezan el movimiento contra el teleférico, Rosalva Loreto, afirmó en entrevista a Intolerancia Diario que era “una idiotez” decir que se quiera definir la obra en una consulta ciudadana.
Además, informó que están a la espera que haya sanciones contra autoridades de Puebla por haber trabajado sin permisos.
La también integrante del Comité de Defensa del Patrimonio Histórico, Cultural y Ambiental de Puebla (CDPHCAP) señaló que luego de que la justicia federal frenara los trabajos del teleférico, se espera una sentencia final sobre toda la obra morenovallista para el mes de febrero.
La situación ha molestado a especialistas en el tema, ya que no se tiene por qué poner a consulta ciudadana algo que tiene bases legales y, en este caso, que afecta al patrimonio cultural de la humanidad.
—¿Cómo ve lo de la consulta ciudadana?
—A ver, yo se la regreso: ustedes creen que el patrimonio histórico está sujeto al gusto estético de Vergara o cualquier persona o institución…
”El patrimonio histórico lo es porque sintetiza valores que han sido colectivos, históricos, participativos de toda la sociedad; ahora, cómo pueden poner en tela de juicio una categorización como lo es la Ciudad Patrimonio Cultural de la Humanidad.”
Señaló que simplemente esta consulta es una “cortina de humo” para avalar el teleférico, “lo que tenemos que hacer es descalificar este tipo de encuestas; usted no me puede decir a qué apostamos si la gente no le gusta la Catedral, entonces la desarmamos.
”Pues no, todo eso está constituido en un bien patrimonial, que no es ni enajenable, intransferible o descatalogable.
”A ese señor (Sergio Vergara) debería darle vergüenza y el INAH ponerle una sanción por estar diciendo idioteces”, concluyó.
De acuerdo con columnistas locales, fue el propio gobernador Rafael Moreno Valle quien propuso al INAH la realización de esta consulta para zanjar el entrampado en el que se encuentra la administración estatal con esta obra.
Asimismo, recordó que este viernes 8 de febrero se dará a conocer la segunda sentencia del amparo constitucional, luego de determinarse el resolutivo del incidental.
—¿Qué se va a determinar?
—Fíjese que es lo mismo; en el primero se reconoce la falta, en el segundo se reconocerán las violaciones a la ley vigente.
—¿Podría haber sanciones?
—Lo que va a recomendar el INAH es la reconstrucción, lo que debe quedar claro es que cualquier reconstrucción es solo eso, ya se perdió un inmueble histórico, lo que se ponga va a ser escenografía sin los materiales constructivos de los siglos 17, 18 y 19.
”Debe haber una sanción sobre una falta, es un delito federal que es la destrucción, cobra otro tipo de valor, pero el problema no solo está en la destrucción del inmueble de la Casa Roja, sino de todo el sistema teleférico que está en una zona monumental.”
Señaló Rosalva Loreto que se debe de meter en regla a todo el proyecto, el cual —insistió— carece de los permisos.
—¿Hay confianza en que se detenga toda la obra?
—Al menos tenemos algo ganado en lo que se resuelve qué va a pasar con la Casa Roja, pero esperemos, no podemos adelantar.
Señaló que ahora le tocará a la juez emitir sanciones por la destrucción del inmueble. “Tiene que aplicar la ley, en el momento en que reconoce que se conformó un delito federal por la destrucción del patrimonio, ya con eso es bastante avance”.
Paro
Apenas el pasado 25 de enero la justicia federal decidió suspender las obras del teleférico de manera definitiva en la zona del barrio del Artista, luego de que se comprobó se hizo sin permisos.
La jueza Yolanda Velázquez Rebollo, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Puebla informó sobre el juicio de amparo indirecto 1962/2012, que resolvió la suspensión definitiva solicitada por los quejosos: Fundación Manuel Toussaint AC, y Comité Defensor del Patrimonio Histórico Cultural y Ambiental de Puebla.
Sin embargo, el gobierno estatal podrá continuar con la construcción del teleférico en sus demás puntos, aunque ahora tendrá que cambiar forzosamente los planes de construcción, aunque no se ha hecho nada.
Todo esto con respecto a la ejecución de la obra pública denominada teleférico, en la parte en que afecta el inmueble ubicado en el número 414 de la calle 8 Norte en el referido barrio, atribuida al secretario de Transporte, Bernardo Huerta.
El inmueble que se encontraba protegido en el Catálogo de Monumentos Históricos fue totalmente destruido por las obras de la estación de la obra morenovallista, sin permisos del ayuntamiento ni del INAH.
Según un comunicado de la Judicatura Federal, se otorgó al haberse acreditado que el inmueble referido se encuentra oficialmente catalogado como monumento histórico y que a la fecha la Secretaría de Transportes no cuenta con las autorización correspondientes para la ejecución de la obra pública materia del presente incidente.
“Se considera procedente conceder la suspensión definitiva solicitada, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado.”
Los quejosos promovieron demanda de amparo en la que se ve afectado la casona, mismo que se considera monumento histórico, por estimar que la autoridad no obtuvo la autorización necesaria por parte del INAH para afectar dicho bien.
“Se solicitó la suspensión respecto de la ejecución de la obra denominada Teleférico de la ciudad de Puebla, en la parte que afecta al inmueble (…) se resolvió conceder dicha medida cautelar al considerar que fue solicitada por asociaciones que tienen interés para ello.”
Además refiere el comunicado que las autoridades responsables, en este caso la Secretaría del Transporte, no aportaron pruebas con las que se acreditara la autorización necesaria por parte del INAH para afectar dicho inmueble.
“Lo anterior en virtud de que se encuentra contemplado dentro del Catálogo de Monumentos Históricos inmuebles elaborado por la Subdirección de Catalogación de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del INAH.”
Inclusive, señala que el edificio cuenta con la ficha con clave número 211140010185 y, por lo tanto, se encuentra protegido por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su reglamento.
“La suspensión definitiva se concedió para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado.”
Lo anterior implica que no puede continuarse con la ejecución de la obra denominada teleférico, únicamente en la parte que afecta al inmueble identificado, aunque en la realidad la casona fue destruida ya.
Al final del documento señala que el otorgamiento de dicha medida no implica que las autoridades estén impedidas para continuar con la ejecución de la aludida obra pública en la parte que no afecta al inmueble mencionado.
Dicha medida continuará vigente hasta que cause ejecutoria la resolución que decida el juicio de amparo en lo principal, o bien, hasta que las partes, aporten pruebas que puedan modificar o revocar dicha determinación.