La Cuarta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Tribunal local analizar presuntas irregularidades que fueron denunciadas por la coalición 5 de Mayo en 90 de las 91 casillas que se instalaron el pasado 7 de julio para la elección de presidente municipal.

Las cifras que se tienen de manera oficial y que dieron el triunfo a Marcos Flores Morales, de Puebla Unida, en alianza con el partido Pacto Social de Integración, muestran que obtuvo 13 mil 729 votos, 319 más que Jorge Luis Coriche Avilés, y los votos nulos son mil 561.

Ayer en la sesión realizada, por unanimidad de votos, los integrantes de la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral, con sede en el Distrito Federal, resolvieron revocar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado por considerar fundado el argumento de la coalición 5 de Mayo, en el sentido de que el Tribunal local responsable omitió estudiar el planteamiento relativo al error y dolo en el cómputo de votación, recibido en la totalidad de las casillas, que suman 90. 

En el juicio de revisión constitucional 126/2013, el magistrado ponente Armando Maitret Hernández consideró que el Tribunal local dictó una sentencia irregular en la que no entró al debido estudio de los agravios que hizo valer la coalición 5 de Mayo a través de su representante ante el Consejo Municipal de Zacatlán, por lo que propuso revocar la sentencia impugnada.

Esta resolución favorece la pretensión de que sea reconocido el triunfo del candidato de la coalición 5 de mayo, el actual diputado por el distrito de Zacatlán, Jorge Luis Coriche Avilés, el pasado 7 de julio.

Por medio de un comunicado de prensa, el Partido Revolucionario Institucional señala que ha manifestado que seguirá pendiente del debido cumplimiento que deberá realizar el Tribunal local respecto a la resolución dictada a favor del mismo, y se va a defender cada voto que se recibió el pasado 7 de julio, esperando que se actúe dentro de la legalidad.

Tome nota
El Tribunal Estatal Electoral se verá obligado a analizar las irregularidades detectadas en 90 casillas de las 91 que fueron instaladas, cuyo estudio omitió al resolver el recurso de inconformidad que conoció en primera instancia.