El organismo internacional Article 19 emitió un comunicado criticando a la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP), luego de no acatar por segunda vez un fallo de un juez federal y prefirió alargar el proceso de entrega de información en juzgados.
La semana pasada por segunda ocasión, la CAIP no obedeció a un juez federal e insiste en la opacidad al solicitar un recurso de revisión tras perder un amparo por sobreseer un asunto.
Article 19 destacó en su comunicado que el reportero Ernesto Aroche obtuvo un fallo positivo por el Juzgado de Distrito para pronunciarse sobre la entrega de distinta información del gasto en publicidad oficial y comunicación social.
Además, pidió las pensiones y jubilaciones y servicios generales de la administración pública estatal que debieron otorgar la Puebla Comunicaciones y la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado a través de una serie de solicitudes de información realizadas en abril de 2013.
Por lo tanto, el organismo defensor de la libertad de expresión señaló que el recurso de revisión interpuesto por la CAIP es el reflejo de la falta de especialidad, autonomía y del servilismo respecto al poder público en detrimento de la transparencia y el derecho de acceso a la información.
“La CAIP olvidó su obligación constitucional de publicar toda información relacionada con el ejercicio de los recursos públicos.
”Es decir, ignorando todos los avances que ha habido en la materia para garantizar efectivamente este derecho y hacer prevalecer el principio de máxima publicidad, ésta comisión olvidó su carácter de garante y se convirtió en la contraparte del ciudadano mandándolo a tribunales.
”Contrario a lo que hizo, y a fin de garantizar el derecho a la información, la CAIP debió cumplir con el fallo del Sexto Juez a fin de determinar la entrega de información en la modalidad solicitada (vía electrónica)”.
La primera ocasión que el órgano garante de la transparencia en Puebla interpuso un recurso de revisión fue ante una derrota contra Intolerancia Diario, en un juzgado federal tras sobreseer y no estudiar a fondo la negativa de 14 dependencias estatales para no entregar el número de despedidos en el actual sexenio.
Las demandas
Ante la situación, Article 19 demandó a la CAIP y especialmente a su presidente, José Luis Javier Fregoso Sánchez, que explique públicamente a la sociedad las razones por las que decidió llevar a tribunales el caso.
”Que su actuación, como órgano administrativo con facultades jurisdiccionales debe ceñirse a la garantía última de los derechos fundamentales y los principios de la transparencia y el acceso a la información, como el de máxima publicidad y no de intentar, a través de recursos jurídicos, la no aplicación de las obligaciones constitucionales.
”Puebla se ha destacado por implementar prácticas intimidatorias y dilatorias para dar acceso a la información a sus ciudadanos, convirtiéndose en el campeón de la opacidad en lo que refiere al Índice de Acceso al Gasto en Publicidad Oficial de las Entidades Federativas.
”Desde el sexenio de Mario Marín, la sociedad demanda conocer los montos destinados a este concepto y ahora el gobierno de Moreno Valle mantiene vigente este pendiente.
”Sin embargo, Article 19 no ha dudado en señalar, a través del INOGDAI, la capacidad de la CAIP para hacer bien las cosas.
”La actuación de esta institución en últimas fechas denota un retroceso en la garantía del derecho para el que fue creada.
”Casos como este evidencian una deconstrucción institucional que no es menor y merece un análisis detenido.
”En este caso, la CAIP tuvo la oportunidad clara de volverse garante del derecho y acatar lo indicado en la sentencia determinando la entrega de la información sobre el gasto ejercido en publicidad oficial y comunicación social; pensiones y jubilaciones; y servicios generales tal como le encomienda la Constitución.
”Article 19 confía en que la determinación del Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (TCC) en Materia Administrativa en el que se encuentra radicado el recurso de revisión 245/2014 se apegue a derecho, sin que medie ningún tinte político en su resolución final.
”Articke 19 espera que ese TCC considere los avances que se han logrado para garantizar el derecho a la información”.
Constante opacidad
Fue la segunda ocasión que la CAIP prefirió irse a recurso de revisión ante un tribunal colegiado de la federación a ordenar a dependencias del gobierno de Puebla entregar información.
El juicio de amparo es un recurso que tiene un ciudadano para poder atacar resoluciones de la CAIP, en caso de no estar conforme con las mismas.
Fue la tercera vez que este organismo perdió un juicio de amparo ante un juez federal, el que le ordenó revisar recursos contra dos dependencias estatales, las que desechó supuestamente por no interponerse a tiempo.
La primera vez que perdió CAIP un amparo en toda su historia fue tras un juicio interpuesto por Intolerancia Diario, al sobreseer al menos 14 solicitudes al mismo número de dependencias estatales para entregar informes sobre el número de despedidos.
El segundo amparo perdido también fue a favor de este medio de comunicación, en el que también recurrieron a la figura del recurso de revisión, lo que ha retrasado la entrega de la información ya por un año desde que se inició la solicitud.
En las tres ocasiones el comisionado Federico González Magaña sobreseyó en suma al menos 21 solicitudes de información, por ser interpuestas “fuera de tiempo” y apoyado por el presidente del organismo, Javier Fregoso Sánchez, con su voto.
En todos los casos los recursos de revisión fueron interpuestos antes de los 15 días hábiles que marca la Ley de Transparencia para recoger la información puesta a disposición o in situ, lo que implica acudir personalmente a las oficinas de gobierno por ella.
Pero las entidades gubernamentales cambiaron la modalidad de entrega sin justificación, lo que no entró a debate en la CAIP, al sobreseerse los asuntos con “mayoriteo” de ambos comisionados contra el voto de Blanca Lilia Ibarra.
El alegato de González Magaña, en todos los casos, es que los recursos de revisión fueron interpuestos de manera extemporánea al ser presentados antes de los 15 días que contempla la ley para revisar la información puesta in situ o a disposición.
Ahora tres autoridades federales distintas, un tribunal colegiado y los jueces sexto y décimo de distrito han coincidido en sus sentencias, que se violentó el derecho a la información.