Los comisionados del Instituto de Transaprencia y Acceso a la Información de Puebla (ITAIP) aseguraron que el trámite de su designación fue apegado a derecho, con la entrega de toda la documentación.

Así lo señalaron en entrevista posterior a la sesión en la que confirmaron que el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) atrajo un caso en el que estudiará por qué no se entregó el expediente de la designación de los comisionados.

 


 

Al respecto, Gabriela Sierra, presidenta del (ITAI), explicó que no podían resolver ese recurso de revisión, debido a que había conflicto de interés.

Además, refirió que tres casos ya se han solicitado los atraiga el INAI, sin embargo, las peticiones no habían sido aceptadas por el órgano garante de transparencia nacional, porque para ellos no eran importantes.

Cabe aclarar que lo único que resolverá el INAI será se debieron entregar los documentos al solicitante, más no revisará si la designación fue apegada a derecho.

Por su parte, Carlos Loeschmann Moreno, aseveró que se cumplieron los requisitos, expuestos en la convocatoria pública para su elección en el cargo y, en virtud del Congreso del Estado, fueron designados.

“En aras de no quebrantar el principio de imparcialidad, nosotros mismos solicitamos que el INAI, fuese quien se pronunciara”, aseveró el comisionado.

Fue el pasado martes cuando el INAI determinó ejercer la facultad de atracción para conocer y resolver un recurso de revisión, a cargo DEL ITAIP.

Se trata del recurso 15/CONGRESODELESTADO-01/2017, interpuesto por un particular que solicitó al Congreso del Estado el expediente de las designaciones de los comisionados de ITAIP.

Pidió copia digital de las recomendaciones, comentarios y/o evaluaciones realizados por las organizaciones, organismos empresariales e instituciones, derivados de las comparecencias celebradas el 13 de diciembre.

El Congreso señaló que las actuaciones desarrolladas en el desahogo de las comparecencias se encuentran disponibles en www.congresopuebla.gob.mx.

Inconforme, por considerar que dicho sitio no contienen la información de su interés, el particular presentó un recurso de revisión ITAIP.

La Ley General de Transparencia establece que el INAI podrá ejercer, de oficio o a petición de los organismos garantes de las entidades federativas, la facultad de atracción para conocer y resolver los recursos de revisión por su interés y trascendencia.

En la sesión del martes, el comisionado del INAI, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, coincidió con la determinación de atraer el caso debido a que en su opinión se actualiza la característica de “interés”.

“Todos fueron electos por el Congreso del Estado de Puebla en fechas recientes”, dijo al señalar que el recurso ofrece la oportunidad de ejercer por primera vez la facultad de atraer un caso de una entidad.

“En primer lugar, me parece que estamos ante una ocasión singular, sin duda, porque se trata del primer caso en el que un organismo garante estatal formula petición de atracción de un recurso de revisión expresamente a través de su Comisionada Presidente”, apuntó.

 “Además, no puede convertirse en una regla común, sino para qué ejercerla. Debe estar en juego la resolución de un recurso de revisión cuyas características aporten rasgos de excepcionalidad que lo hagan salir de lo común de los miles de recursos que se tramitan anualmente en los distintos organismos garantes de las entidades federativas del país”.

“El poder analizar un recurso de esa naturaleza no se da definitivamente todos los días”, dijo.