Los regidores del Cabildo aprobaron por unanimidad castigar el acoso sexual callejero, el dictamen, que entrará en vigor después de ser publicado en el Diario Oficial del Estado, señala que, los individuos, sean hombres o mujeres, serán penados hasta con 36 horas de cárcel y multas por 8 mil pesos.
En sesión ordinaria, María de los Ángeles Ronquillo Blanco, regidora independiente, reveló que durante su juventud fue violada y el infierno que pasan las mujeres por el simple hecho de nacer mujeres.
“¿Y si hubiera resultado embarazada?” preguntó a sus pares, después de asegurar que nadie tiene derecho a decidir sobre el cuerpo o la integridad de ninguna persona.
Quería decirlo para aprovechar los pocos momentos que tenemos como Cabildo y decirle a las mujeres que no es nuestra culpa que no somos nosotras las que nos exponemos, es una sociedad que no ha querido mejorar; este no es un logro, es un paso que surge a raíz de la violencia”, subrayó.
Paso al frente; hace falta más trabajo: Luis Banck
El alcalde Luis Banck acentuó que la aprobación no es un logro, pero sí un paso al frente para confirmar de la existencia de convicción de la autoridad municipal para mejorar el entorno de las mujeres poblanas.
Es un paso al frente para confirmar nuestra convicción de que las mujeres tienen derecho de vivir libres de acoso y de violencia”.
Recordó que de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), una de cada dos mujeres en Puebla sufre violencia sexual, al igual que en todo territorio nacional en su vida, lamentó de las distintas firmas de acoso como tomar fotos sin autorización, chiflidos, roces cuerpo a cuerpo, piropos pasados de tono y gritos.
El acoso sexual es un delito y esto debe estar en las mentes de quienes se sienten con derecho de intimidar y violentar sin pensar en la consecuencia que sus actos tienen en las víctimas, no es posible que se mantenga la absurda forma de pensar machista”.
Explicó que en la reforma al Coremun se establecen dos formas para denunciar el acoso callejero; la primera es la obligación de la fuerza de los policías municipales de detener en flagrancia a los acosadores o realizar detenciones ciudadanas.
El segundo punto esencial, puntualizó, Ronquillo Blanco, se puede recurrir a los Juzgados Calificadores ante la ausencia de un policía.
Las mujeres tienen derecho y la posibilidad de acudir con testigo y datos de la persona, fotografía, si se puede para proceder en consecuencia, se han fincado hasta ocho mil y 36 horas de aprehensión a quien le falte al respeto, además de la obligación de quien esté detenido 36 curse talleres de capacitación”, especificó Banck Serrano.
La iniciativa obliga al infractor a acudir a un programa de sensibilización y concientización, con el propósito de evitar reincidencias, los cursos serán impartidos por el Instituto Municipal de las Mujeres y se ha establecido al seno en el artículo 209 Bis del Coremun.
De esa forma el artículo 201 ha establecido que se consideran faltas administrativas o infracciones al presente capítulo: expresiones verbales con connotación sexual o lasciva, tales como comentarios, jadeos, silbidos o cualquier sonido que puedan aludir al cuerpo, además de reces y por comentarios de sexualidad por la forma de vestir o la edad.
Además se establecieron conductas no verbales con connotaciones sexuales o lascivas, tales como exhibición de genitales, masturbación, actos que involucren contacto corporal, tocamientos, roces intencionales u opresión de genitales contra el cuerpo.
Las Invitaciones, insinuaciones, solicitudes o proporciones para actos lascivos o con connotación sexual y captaciones de imágenes, videos o cualquier registro audiovisual del cuerpo o de alguna parte de la persona con connotaciones sexuales o lascivas.