Los elementos de vialidad, tanto del estado como de los municipios en Puebla, estarán impedidos para recoger la licencia de conductor, tarjeta de circulación, o retirar las placas del vehículo en caso de una infracción, luego de que se apruebe la reforma legal para dar cumplimiento al fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Nancy Jiménez Morales, presentó la iniciativa de reforma, para derogar el contenido del artículo 50 de la Ley de Vialidad del Estado de Puebla, y los reglamentos de vialidad en los municipios tendrán que sujetarse a la disposición.

En entrevista, la legisladora comentó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de determinar, el pasado doce de septiembre del año en curso, que si bien los estados tienen facultades para regular los medios para garantizar el cobro de sanciones de tránsito, cierto también es que es válida la prohibición de recoger y asegurar en garantía para el pago de infracciones de vehículos de motor, el permiso de circulación, la tarjeta de circulación, la licencia de manejo y/o las placas a las y los conductores que infrinjan las leyes de vialidad estatales o sus correspondientes reglamentos .

Dijo que fue un recurso el que generó este criterio y derivó de la controversia constitucional 326/2017 promovida por el municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, en la que este último demandó la invalidez de diversas disposiciones legales de la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del vecino estado.

Expresó que, en este caso, el más alto tribunal del país, precisó que los Estados tienen facultades para regular los medios para garantizar el cobro de sanciones de tránsito y que dicha determinación de ninguna manera invadía la esfera de competencia normativa de los municipios y a su vez concluyó que no existía obligación alguna de consultar al municipio en el procedimiento legislativo que dio origen a las reformas en mención.

Dijo que, como representante popular y la obligación de velar por el respeto de los derechos viales de las y los poblanos, consideró oportuno reformar el artículo 50 de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, con la finalidad de preceptuar que en ningún caso se asegurarán como garantía del pago de las infracciones la tarjeta de circulación, la licencia de manejo o las placas, a las o los conductores que infrinjan la Ley de referencia o su Reglamento.

Con la reforma la Ley de Vialidad quedará de la siguiente manera:

Artículo 50: “En ningún caso se asegurarán como garantía del pago de las infracciones la tarjeta de circulación, la licencia de manejo o las placas, a las o los conductores que infrinjan esta Ley o su Reglamento”.

La legisladora aclaró que hay que buscar respeto a las leyes, mientras lo anterior no representa que se presente la impunidad, ya que existen otros medios para el cobro de las infracciones.

Precisó que no puede pasar desapercibo que la vialidad permite satisfacer los requerimientos mínimos del ser humano, como son la educación, el trabajo, la alimentación y la salud; lo que no solo se relaciona con la necesidad de viajar, sino también con las principales actividades y necesidades esenciales de la población y a su vez con una situación de mejora económica y reducción de los índices de pobreza.

Jiménez Morales destacó que es viable afirmar que el tránsito de vehículos y a su vez de personas, es una de las actividades que guarda estrecha relación con el crecimiento y desarrollo del Estado de Puebla, razón por la cual es importante actualizar constantemente los ordenamientos jurídicos aplicables a la materia.