La Comisión de Gobernación del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 42 de la Ley de la Administración Pública para frenar los abusos que se cometen por parte de los propietarios de la grúas, quienes ahora se tendrán que ajustar a las tarifas que fije la Secretaría de Movilidad y Transporte.
Durante la sesión, la presidenta de la Comisión, Vianey García Romero señaló que hay un reclamo ciudadano ante los abusos que se cometen diariamente por parte de algunos prestadores del servicio.
Indicó que la iniciativa forma parte del paquete de reformas enviadas por el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta a la administración pública entre ellas la de regular el servicio de arrastre de vehículos.
En los considerandos del documento se establece que: En tal virtud, a la Secretaría de Movilidad y Transporte le compete regular el arrastre, traslado y depósito de Vehículos, a fin de movilizar y resguardar los vehículos del servicio público de transporte y del servicio mercantil, y para ese efecto se requiere precisar su competencia para fijar las tarifas relacionadas con estos servicios auxiliares, con la finalidad de normar mejor su prestación y proteger a los usuarios.
#Política 🔴 Pondrán fin a los abusos de conductores de grúas.
— Intolerancia Diario (@IntoleranciaID) December 5, 2019
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Asimismo se reconoce que uno de los problemas a los que se enfrenta la ciudadanía al momento de tener la necesidad de solicitar el servicio de arrastre o salvamiento vehicular, es la incertidumbre que genera la poca información clara y precisa sobre el costo real que representa el uso de este servicio, aunado a que actualmente en el Estado no se cuenta con un ordenamiento jurídico en materia de depósitos de vehículos particulares, así como de servicios de arrastre, lo que dificulta su operación y afecta directamente a los interesados que por distintas situaciones requieren de estos servicios.
Se precisa que en razón de lo anterior, con el objeto de regular lo relacionado con los vehículos y establecimientos que prestan los servicios auxiliares mencionados y brindar certeza tanto a la población como a los prestadores de servicios sobre el costo de los mismos, se requiere reformar, entre otros ordenamientos, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, en su artículo 42, fracción VII, para prever en forma expresa la facultad de la Secretaría de Movilidad y Transporte para diseñar y establecer las políticas y criterios para el establecimiento de rutas, itinerarios, horarios y tarifas de transporte, así como tarifas para el arrastre, arrastre y salvamento, traslado y depósito de vehículos, autorizando, modificando, cancelando y verificando su correcta aplicación
La reforma final indica: Artículo 42 fracción VII Diseñar y establecer las políticas y criterios para el establecimiento de rutas, itinerarios, horarios y tarifas de transporte, así como fijar tarifas para el arrastre, arrastre y salvamento, traslado y depósito de los vehículos , autorizando, modificando, cancelando y verificando su correcta aplicación.
Pidieron fin al abuso
En el mes de junio el diputado Gerardo Islas solicitó se realice un padrón de grúas del servicio mercantil y que éstas cuenten con colores determinados que permitan su identificación y la seguridad para los poblanos.
Mientras el diputado Jonathan Collantes señaló la importancia de establecer las tarifas máximas del servicio de grúas para evitar abusos de las empresas, que afecta a los usuarios de la entidad.
Jonathan Collantes presentó ante los integrantes de la Comisión del Transporte y Movilidad el exhorto al Ejecutivo para que a través de la SMIT se fijen las tarifas mínimas y máximas para el servicio de arrastre de grúas y de los depósitos de vehículos para evitar abusos a los ciudadanos.