A partir de esta semana la Secretaría del Trabajo en Puebla comenzará la revisión en las empresas con el objetivo de revisar que los trabajadores hayan recibido su aguinaldo en tiempo y forma, esto luego de que el pasado 19 de diciembre venció el plazo para que los patrones cumplieran con esta obligación.

En entrevista, el director general de inspección del trabajo, Ricardo Malcos Cruz, indicó que los patrones incumplidos pueden recibir multas de 4 mil hasta 422 mil pesos por cada trabajador que no haya recibido su aguinaldo.

"Las sanciones a las que se hacen acreedores los patrones las establece el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, las sanciones van de 250 UMAS hasta 5 mil, esto qué implica, que la UMA está en 84.49 pesos hasta el día de hoy, el siguiente año será mayor por el aumento al salario mínimo y esto va de 4 mil 122 pesos a 422 mil pesos por trabajador", explicó.

El funcionario estatal refirió que las y los trabajadores quienes hayan sido afectados en este derecho laboral pueden recurrir a esta dependencia estatal o bien a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet) para denunciar a los patrones incumplidos, pues de acuerdo a la ley laboral tienen hasta un año para hacer la denuncia correspondiente. 

"Si detectamos que un establecimiento tiene varios trabajadores a los cuales les han incumplido con esa obligación tenemos que valorar esa cuestión porque por cada trabajador es la multa que estaríamos aplicando (...) dos dos vías una es la del tipo jurisdiccional que tienen que acudir ante la Profedet para reclamar este derecho o bien venir con nosotros porque aquí estaríamos aplicando una unta administrativa que es de la que hablamos", detalló. 

¿Cuánto corresponde a cada trabajador?

El funcionario estatal explicó que las y los trabajadores tienen derecho a recibir desde las 45 unidades de medida nacional y como mínimo son 15 días, pero en el caso de que el trabajador tenga menos de un año laborando en la empresa correspondiente tiene el derecho a recibir solo la parte proporcional. 

"La ley establece que el mínimo son 15 días esto es lo mínimo que el trabajador debe recibir, si el trabajador no trabajar el año completo le corresponde una parte proporcional, normalmente las empresas cuando un trabajador renuncia en su finiquito se le tiene que pagar la parte proporcional y los trabajadores que no hayan recibido su aguinaldo se les invita a que hagan su reclamo, tienen un año como plazo para reclamar este derecho", dijo el funcionario estatal.

En este sentido, dijo que la Secretaría del Trabajo iniciará inspección por diversas empresas con el objetivo de asegurarse de que hayan cumplido con esta obligación con las y los trabajadores, de lo contrario comenzarán las sanciones. 

"Enviamos un oficio y es con tres objetivos, estamos en la mejor disposición de brindar la plática sobre la norma 035, hacemos mención de la que fecha límite del pago del aguinaldo es el 20 de diciembre y además, el Congreso del estado nos envió un acuerdo por el cual se nos exhorta a que en la medida de la capacidad presupuestal se difunda que en los centros del trabajo con el objetivo de que en las contrataciones no se discrimine a las personas por la edad", refirió. 

Ricardo Malcos Cruz señaló que la Secretaría del Trabajo está comprometida a brindar el apoyo a los trabajadores, con el objetivo de evitar abusos por parte de los patrones, por lo que reiteró que durante esa temporada habrá personal disponible para atender las quejas y denuncias de los empleados. 

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