El gobernador, Miguel Barbosa Huerta, envió al Poder Legislativo la iniciativa para expedir una nueva Ley de Educación para el Estado de Puebla, la que prohíbe que las instituciones educativas lleven el nombre de funcionarios públicos y representantes populares en turno, así como sus familiares y líderes magisteriales; también, plantea que los colores de las escuelas no se relacionen con los partidos políticos.
El documento que ingresó a la Comisión Permanente refiere que los inmuebles de las instituciones particulares deben ser parte del Sistema Estatal de Educación; además, advierte que los documentos y los derechos a examen no pueden ser retenidos y condicionados por falta de pagos, quedan excluidas las denominadas “cuotas”.
El documento de 80 páginas contiene 155 artículos y ocho transitorios, en los que plantea la importancia de la educación básica, media superior y superior; pero además establece que las madres y padres de familia deben involucrarse en la educación de sus hijos, pues como lo refiere la Constitución Política todas las personas tienen derecho a la educación nadie debe quitar ese derecho a los menores de edad, principalmente.
Instituciones con nombres de personajes eméritos
Para evitar que las instituciones educativas sean marcadas con las iniciales de los gobernantes en turno, sus familiares, incluso líderes magisteriales, en el artículo 112 se establece que el nombre de las escuelas deben ser de personajes eméritos pero además los colores de las instituciones deben ser “neutros”.
“Los planteles educativos de cualquier nivel que formen parte del Sistema Educativo Estatal no deberán consignar los nombres de los funcionarios públicos y representantes populares durante el desempeño de su encargo, el de sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado, ni el de los representantes sindicales del magisterio en funciones o por haber ocupado cargos de representación gremial”, se cita.
Además, la Secretaría de Educación Pública esta facultada para realizar las denominaciones oficiales “deberá hacer referencia a los valores nacionales, maestros eméritos o nombres de personas ameritadas a quienes la Nación o el Estado de Puebla deba exaltar para engrandecer, nuestra esencia popular y los símbolos patrios”, se especifica.
Muebles e inmuebles particulares formarán parte del Sistema Educativo
El documento plantea que los muebles e inmuebles de particulares con validez de la SEP “forman parte del Sistema Educativo Estatal”; los que deben cumplir con la infraestructura adecuada para la impartición de clases.
“Dichos muebles e inmuebles deberán cumplir con los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad, resiliencia, pertinencia, integralidad, accesibilidad, inclusividad e higiene, incorporando los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, para proporcionar educación de excelencia, con equidad e inclusión, conforme a los lineamientos que para tal efecto emita la autoridad educativa federal”, se señala.
Lo anterior se cita en el capítulo denominado “De las condiciones de los planteles educativos para garantizar su idoneidad y la seguridad de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes”; que es similar al que plantea la Ley Federal.
Educación sin condiciones
El artículo 12 de la Ley de Educación también prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione el derecho a la educación, así que las instituciones no podrán retener documentación por falta de pagos, tampoco los exámenes o inscripciones deben condicionarse.
“No se podrá condicionar la inscripción, el acceso a los planteles, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos al pago de contraprestación alguna, ni afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los educandos”, se señala.
Por otra parte, el documento obliga a que los padres y madres deben enviar a sus hijos a clases, desde la educación básica, pues no hay motivo para quitarle este derecho a los niños, niñas y adolescentes; no obstante, deben estar pendientes y dedicarles tiempo para su formación.
“Las madres y padres de familia o tutores serán corresponsables en el proceso educativo de sus hijas, hijos o pupilos menores de 18 años para lo cual, además de cumplir con su obligación de hacerlos asistir a los servicios educativos, apoyarán su aprendizaje, y revisarán su progreso, desempeño y conducta, velando siempre por su bienestar y desarrollo”, se señala.
El documento fue turnado a las comisiones generales del Congreso del Estado para su discusión y en su caso aprobación.