Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinaron revocar la resolución dictada por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado (IEE) en el procedimiento especial sancionador por violencia política en razón de género, en contra de Manlio López Contreras.
La sesión del TEEP se realizó la tarde de este martes, en la que magistrados avalaron el expediente marcado con el 021/2021, en contra de la resolución emitida por el órgano de deliberación del IEE, por la que otorgó diversas medidas cautelares a quien aspira a la alcaldía de Puebla por las siglas del Movimiento Ciudadano (MC).
El dictamen, avalado por magistrados determinó que "no se fundamentó y motivó” la razón, la posible revictimización de la denunciante para que se emitieran medidas cautelares solicitadas.
Magistrados consideraron que esta revocación no prejuzga si el órgano electoral debe o no otorgar las medidas cautelares solicitadas por la denunciante, sino que, en su caso, el IEE debe emitir un nuevo dictamen “fundado y motivado”.
El acuerdo estuvo a cargo de la magistrada Idamis Pastor Betancourt, el cual refiere que el Instituto Electoral del Estado actuó de forma incorrecta al emitir dichas medidas cautelares, pues “al momento de realizar el análisis bajo la apariencia del buen derecho, omitió valorar la actualización concurrente de los elementos fijados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la jurisprudencia 21/2018”.
Por otra parte, el IEE “no fundamentó y motivó la razón por la que arribó a la conclusión de que la posible revictimización de la denunciante era suficiente para decretar la adopción de las medidas cautelares solicitadas”.
El dictamen que avaló el TEEP obedece a una orden del TEPJF, luego de que López Contreras recurriera a esta instancia para defenderse ante el fallo del IEE, por la denuncia que interpuso Cecila Monzón, en febrero de este año.
El contexto
La exaspirante a la alcaldía de San Pedro Cholula, Cecilia Monzón Pérez, denunció por violencia política de género a Manlio López Contreras en febrero, citando que el aspirante a un cargo de elección popular tiene antecedentes de violencia, en 2018.
La denuncia que presentó este año ante el órgano electoral local fue por reincidencia, pues en 2018 ya hubo un fallo en contra de López Contreras, la denuncia fue porque el aspirante a la alcaldía de Puebla invisibilizó la violencia y negó que hubiera una sentencia en su contra.
De acuerdo con las nuevas reformas en materia electoral, quien haya cometido violencia política en razón de género y quien tenga una sentencia por este hecho no puede participar como candidato a un cargo de elección popular.
En otro punto, magistrados declararon fundado el agravio denunciado por Ricardo William Gali Saucillo, quien se inconformó por la designación de la candidatura a Oswaldo Jiménez López como abanderado a diputado local, por lo que ordenó que el PAN resuelva la queja interpuesta por el agraviado.
“Se advierte que ha transcurrido un plazo suficiente y razonable para que la autoridad responsable hubiese resuelto la inconformidad del recurrente (…) deberán quedar resueltos a más tardar ocho días antes del inicio de registro de candidaturas”, se mencionó en el acuerdo avalado.