El Instituto Nacional Electoral (INE) anunció que comenzará con la verificación aleatoria para determinar que los candidatos no se encuentren en alguno de los supuestos de la medida “3 de 3 contra la violencia”.
Luego de las reformas en materia electoral, con el objetivo de prevenir y evitar la violencia y que personas agresoras lleguen a cargos de elección popular, el INE comenzará con la revisión de antecedentes, para cerrarles el paso a quienes hayan cometido delitos de este tipo.
A través de un boletín de prensa, se informó que un grupo interdisciplinario encargado realizó requerimientos a las diversas autoridades penitenciarias, judiciales y/o de procuración de justicia de las 32 entidades federativas, así como a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General de la República (FGE); las fiscalías especializadas en delitos electorales de los estados; la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal y el Consejo de la Judicatura Federal, a fin de solicitar los antecedentes penales determinados por resolución firme, relacionados con estos delitos.
Se cita que “en esta muestra también se revisará que quienes aspiran a ser electos como diputadas y diputados federales, no hayan sido sancionados por delito de violencia política contra las mujeres en razón de género”, por lo que las y los ciudadanos pueden hacer sus denuncias correspondientes, en el caso de que detecten algún candidato con estos antecedentes.
De acuerdo con lo que menciona el INE, los ciudadanos pueden consultar la lista de candidatos, a través del portal, pues de detectarse algún aspirante a cargo de elección popular que cuente con antecedentes por violencia familia o en razón de género, entonces se le será suspendida su candidatura.
¿En qué consiste la medida “3 de 3 contra la violencia”?
Los candidatos quienes hayan sido sentenciados por violencia familia o en razón de género no podrán participar en el proceso electoral.
“El 3 de 3 contra la violencia consiste en no haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; no haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal”, se señala.
Además, las personas quienes hayan sido condenadas o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias no podrán participar como candidatos, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentario.