Este miércoles, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 12 Bis de la Ley del Transporte para el Estado de Puebla, que permite el cobro mixto en el servicio de plataformas, luego de que fue congelada durante medio año tras haberse aprobado el documento en comisiones.
Durante la sesión ordinaria con 32 votos a favor y cero en contra diputados aprobaron por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto, presentada por el ahora diputado con licencia Gabriel Biestro desde septiembre del año pasado y aprobado en comisiones el 11 de noviembre de 2020.
En el documento se aprueban las reformas y adiciones al artículo 12 Bis de la Ley del Transporte, para que, el pago por el servicio prestado se pueda llevar en efectivo o de manera electrónica.
La reforma expone la necesidad de regular el pago por la prestación de servicio, con el fin de que haya condiciones de igualdad para quienes ofrezcan la labor a través de plataformas, de tal manera que puedan recibir pagos en efectivo o vía electrónica.
La propuesta se desprende luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declarara la inconstitucionalidad de la medida para que el denominado servicio mercantil ejecutivo sólo cobre de manera electrónica, ya que esto se contrapone a lo estipulado en la Ley Monetaria.
En la argumentación se señaló que el mantener el pago electrónico en el servicio mercantil ejecutivo, segmenta el servicio de transporte, de tal manera que, se hace necesario reformar el artículo 12 bis de la Ley del Transporte, al cual se incluye un segundo párrafo quedando de la siguiente manera:
“Artículo 12 bis .- Para efectos de la ley se entenderá como una empresa de redes de transporte a las sociedades mercantiles nacionales, cuyo objeto sea la prestación de servicio ejecutivo mediante la administración y operación de aplicaciones y plataformas informáticas, basadas en el desarrollo de las tecnologías de los dispositivos inteligentes y los sistemas de posicionamiento global, cuyo esquema tarifario será determinado por la misma.
La contra prestación de los servicios de estas empresas podrá realizarse en pagos electrónicos o en efectivo”
Dos años en la inconstitucionalidad
A pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró en 2018 la inconstitucional que las plataformas del servicio de transporte sólo cobraran de manera electrónica, en Puebla la Ley del Transporte no se había modificado, sin embargo, los conductores cobran de las dos formas amparándose en la resolución federal.