El exmagistrado del Tribunal Electoral del Estado (TEEP), Gerardo Saravia Rivera, advirtió que en el caso de que en el informe que presente el INE algún candidato ganador haya rebasado en al menos un 5 por ciento el tope de gasto de campaña y la diferencia de votos sea menos al 5 por ciento, el siguiente paso además de la sanción pecuniaria, será el anular la elección.

En entrevista, el especialista en Derecho Electoral, se refirió al documento que presentará  la Comisión de Fiscalización y Proyecto de Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) “respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen Consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña”, y advirtió que existen lagunas legales para que los partidos políticos puedan impugnar.

Luego de que se diera a conocer el documento que será dictaminado en la sesión del jueves en el Instituto Nacional Electoral, Saravia Rivera explicó que independientemente de las sanciones pecuniarias que se imponen a los partidos políticos, candidatos en lo individual, debe revisarse el momento en que se determina anular la elección.

La ley

Indicó que la ley establece que si un candidato rebasó en más de un 5 por ciento el tope de gasto de campaña, en caso de haber ganado la elección por un margen inferior al 5 por ciento de los votos, lo que procede, es la anulación del proceso.

Explicó que lo anterior no los exime de las multas que las instancias electorales les apliquen por haber violado la ley.

Señaló que en una falta grave, incluso se le puede retirar al partido político el registro, pero esto dependerá de un análisis profundo para no violar sus derechos.

Sin embargo, el exmagistrado advirtió que hay una inequidad en la legislación electoral ya que los partidos o candidatos tienen tres días después de que se da a conocer el resultado electoral para interponer el recurso.

Gerardo Saravia Rivera, precisó que en un tema como lo es el rebase de los topes de gasto de campaña, los partidos políticos difícilmente pueden probar que el adversario lo cometió, ya que no son entes fiscalizadores, pero además la información de cada instituto político se mantiene de manera reservada.

“El resultado de la fiscalización de los gastos de campaña, se da cuarenta días después del proceso, y ahora los partidos conociendo que su adversario definitivamente violó la ley, jurídicamente no puede presentar una impugnación, y es sólo la autoridad electoral la que puede determinar qué es lo que procede”.

Consideró que debe haber una modificación a la ley para que se permita a partidos y candidatos poder llevar a cabo la impugnación una vez que la autoridad electoral entrega los estados de los recursos, de lo contrario se quedan en estado de indefensión.