Elevar la pena hasta 54 meses de prisión a personas que apliquen las llamadas terapias de conversión si se trata de un menor de edad o la persona tiene problemas de conducta, propuso el coordinador de los diputados del Partido del Trabajo Antonio López Ruiz.
Señaló que a dos años de que se aprobó prohibir estas terapias y tipificarlas como delito, existen reportes de que se aplican en grupos vulnerables como lo son los menores de edad, o gente con alguna discapacidad mental.
Recordó que hace dos años se aprobó la reforma al el artículo 228 Quáter a la Sección Quinta y la Sección Séptima al Capítulo séptimo del Libro Segundo del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla con el cual se prohíben las terapias en las que se incluían los golpes y violencia psicológica, principalmente en contra de la comunidad LGBTTTIQ+.
El pleno del Congreso aprobó prohibir las “Terapias de Conversión” para aplicar como pena mínima, se establezca un año de cárcel, mientras que, como máxima 3 años, así como una multa a la personas moral o física que las comete con un monto de 42 mil pesos.
López Ruiz, señaló que la reforma que se espera sea aprobada señala “Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena prevista se aumentará en una mitad y se perseguirá de oficio”.
Advirtió aún se sigue pensando que el hecho de formar parte de unos de los grupos LGBTIQ+ es una enfermedad que se puede curar, por lo que las llamadas terapias de conversión tuvieron un auge para la corrección de este supuesto mal, sin pensar que dichas terapias no hacen más que atentar contra el libre desarrollo de la personalidad, así como contra la identidad sexual de cada una de las personas, llegándose a convertir como un acto de tortura.
Explicó que las terapias de conversión, se pueden entender como “tratamientos” psiquiátricos, psicológicos y hasta espirituales, con la finalidad de cambiar la orientación sexual, la identidad, o la expresión de género de aquellas personas diferentes a una heterosexualidad binaria cisgénero, ello por medio de sesiones que prometen “curar” a quienes se sometan a las mismas, cuando en realidad son un tipo de tortura para las personas LGBTIQ+ .
Dijo que con la reforma la pena podría ser hasta de 54 meses de cárcel, así como una multa superior a los 63 mil pesos.