En Puebla se ofertan al menos 10 mil cuartos o departamentos mediante las plataformas digitales Airbnb, TripAdvisor, Booking y Vrbo, y se evadía el pago del Impuesto al Hospedaje, pero al haberse aprobado la reforma a la Ley de Hacienda del Estado de Puebla, ahora los prestadores del servicio, deberán retenerlo a los clientes y entregarlo a la Secretaría de Finanzas.
Durante la Sesión Ordinaria del Congreso se aprobó un paquete de reformas enviadas por el ejecutivo del entre ellas a la Ley de Hacienda, Ley del Notariado, y Ley Orgánica Municipal.
Por unanimidad los diputados aprobaron la reforma al Artículo 30 Bis mismo que ahora señala que están obligados a retener y enterar el impuesto las personas físicas, las personas morales y las unidades económicas que mediante sus plataformas digitales se contrate la prestación de los servicios objeto de este gravamen en el territorio del Estado de Puebla, de manera permanente o temporal, con los prestadores de los servicios de hospedaje o a través de promotores, plataforma digital, operadores turísticos, intermediarios, facilitadores o representantes de la prestación de dichos servicios o como se les designe, aún cuando éstos tengan su domicilio fiscal en lugar distinto al de la prestación del servicio e independientemente de la duración del mismo.
Prácticas notariales reguladas
Asimismo, votaron a favor una serie de reformas a la Ley del Notariado para evitar nepotismo en las prácticas profesionales de aspirantes a notarios, mismas que no podrán realizar en una notaria donde el titular tenga vínculos familiares, además de que estas también se podrán realizar en la academia, o en el sector público, donde se pedirá un año de experiencia.
En la iniciativa se establecen las nuevas reglas, con modificaciones al articulo 55, donde para ser notario se establece “Comprobar que durante seis meses ha realizado prácticas notariales ininterrumpidas o bien acreditar suficiente experiencia para desarrollar el Servicio Profesional Notarial”.
“Si se trata de experiencia esta podrá ser en forma profesional, docente o grado académico en áreas afines al ejercicio de la función notarial, mediante información testimonial y documentos públicos o privados”.
“Las prácticas a las que se refiere esta fracción no podrán llevarse a cabo bajo la dirección y responsabilidad de Notarios que guarden relación de parentesco con el aspirante en los grados y términos que se señalan”.
Son dos de los puntos de la reforma que permitirá cubrir las patentes que están vacantes.
Los abusos de las grúas
Mientras que para la Ley de ingresos el pleno aprobó la modificación para que en las carreteras estatales haya respeto a las tarifas fijadas por la Secretaría de Movilidad y Transporte.
El documento votado precisa que los concesionarios y permisionarios de los servicios de arrastre, salvamento, y depósito de vehículos están obligados a respetar en todo momento las tarifas a que se refiere el considerando anterior; asimismo, en el Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, se fijarán los procedimientos, criterios y formalidades para establecer las tarifas máximas.
“Que de conformidad con lo dispuesto en la fracción XXVII del artículo 8 del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla, el tabulador de servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, es la base tarifaria aprobada por la autoridad competente que establece el costo para los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, considerando las maniobras realizadas dentro y/o fuera del camino, cantidad y tipo de grúas utilizadas por los permisionarios”.