En medio de una posible desaparición, el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), lanzó una nueva Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) además de que continúa abriendo expedientes de sujetos obligados como el IMSS y el DIF Nacional.
El organismo garante de la transparencia en México presentó la PNT que afirma hará más fácil encontrar y visualizar información pública e ingresar solicitudes de acceso a la información y protección de datos personales a 7 mil 329 instituciones públicas.
La PNT, permite a la sociedad obtener información pública, realizar solicitudes de acceso a la información y de protección de datos personales y presentar quejas.
Se obliga así q las instituciones de gobierno y otros sujetos obligados de cumplir las leyes de transparencia, como los sindicatos o los fideicomisos, y garantizar el ejercicio del derecho de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.
Con la nueva Plataforma será más fácil encontrar y visualizar información pública, así como ingresar solicitudes de acceso a la información y protección de datos personales, señala el INAI.
Con motivo de la renovación, la Plataforma Nacional de Transparencia estuvo fuera de servicio los días 14, 15 y 16 de septiembre.
DIF e IMSS a abrir candados
En tanto, en sesión del INAI, se determinó que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) debe dar a conocer en qué se gastan las cuotas de recuperación que obtienen de los asilos, los albergues y los centros gerontológicos que administra.
Una persona solicitó al Sistema Nacional DIF información sobre los asilos, los albergues y los centros gerontológicos que administra. La dependencia le entregó el catálogo de cuotas de recuperación de 2024 y el método para su cálculo; le informó que en cada uno de los centros gerontológicos y casas-hogar para personas mayores laboran, en promedio, de dos a tres trabajadores por cada usuario, y le indicó que actualmente no hay lista de espera porque la ocupación no está al 100 por ciento.
La persona presentó un recurso de revisión ante el INAI con el número RRA 10727/24 al considerar que el Sistema Nacional DIF no le informó en qué se gastan las cuotas de recuperación obtenidas por cada uno de los asilos, albergues o centros gerontológicos. La resolución de la queja fue asignada a la ponencia de la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.
“Contar con información fidedigna sobre la forma en que se ejercen los recursos destinados a las instalaciones que tienen como finalidad la atención de personas adultas mayores es necesario para que la sociedad pueda participar en la mejora de servicios que son vitales para garantizar el respecto a la dignidad de este núcleo de la población”, dijo la comisionada poblana.
La posibilidad de conocer la información en posesión de las autoridades, añadió la Comisionada Ibarra Cadena, tiene un papel protagónico en toda sociedad democrática y, para que sea una realidad, se requiere de procedimientos e instituciones efectivas.
En otro caso, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe informar a una persona si procede o no, la rectificación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) que tiene registrada en sus sistemas, resolvió el INAI.
Después de los 20 días hábiles previstos en la ley para dar respuesta, el IMSS le dijo que debía realizar el trámite de corrección y/o regularización de datos, razón por la que la persona presentó una queja ante el INAI, por considerar que dicho trámite representaba un obstáculo para ejercer su derecho de rectificación.
Posterior a la queja radicada bajo el Recurso de Revisión de Datos Personales: RRD 2241/24, el lMSS reiteró que la persona debía hacer ese trámite, pues había detectado inconsistencias en los datos registrados en sus archivos.
La ponencia del Comisionado Presidente, Adrián Alcalá Méndez, determinó que el IMSS incumplió los plazos previstos en la ley para atender la solicitud y la respuesta otorgada no fue contundente, pues aunque la persona proporcionó los documentos para que se corrigiera su CURP, no se le informó si procedía o no la rectificación.
“Todas y todos tenemos derecho de acceder, rectificar, cancelar y oponernos al tratamiento de los datos personales o a portar los datos a otras instancias públicas. Si no están conformes con la respuesta, pueden acudir ante el INAI para que nosotros revisemos la respuesta. El INAI garantiza su derecho”, dijo Alcalá Méndez.
El Pleno del INAI revocó por unanimidad la respuesta del IMSS y le ordenó hacer una búsqueda exhaustiva de los datos de la persona e informar si procede o no la rectificación de su CURP que tiene registrada en sus sistemas.