La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló las resoluciones del tribunal local que declaraban la nulidad de las elecciones en los municipios de Chignahuapan y Venustiano Carranza, por lo que el Congreso del Estado deberá dejar sin efecto a los concejos municipales nombrados la madrugada del pasado 15 de octubre.
Durante la sesión en la que esta Sala Regional, por temas de urgencia, resolvió los casos de la nulidad en los dos municipios señalados, los magistrados Luis Enrique Rivera Carrera, y María Silva Rojas, en sus cuentas indicaron que el Tribunal Electoral del Estado (TEEP), había resuelto sobre una sentencia firme.
Luis Enrique Rivera Carrera, magistrado en funciones al resolver el juicio SCM-JDC-2428/2024, le aclaró al tribunal local que sus argumentos para anular 27 casillas en la elección de Chignahuapan, no eran fundados, ya que no profundiza en lo referente a la entrega de la paquetería, y aclaró que ya existe jurisprudencia.
En el resolutivo se da la razón a Juan Lira Maldonado, quien será el presidente municipal de Chignahuapan, quien rindió protesta en los primeros minutos del 15 de octubre.
La magistrada María Silva Rojas, al resolver los expedientes SCM-JDC-2429/2024, SCM-JDC-2431/2024, da la razón a Marco Antonio Valencia Ávila, de Venustiano Carranza, advirtiendo que ya se había juzgado el tema, reconociendo que de 9 de 44 paquetes, una casilla tenía que ser validada.
Recordó que fue ordenado el conteo, el IEE lo realizó, además puntualizó que transgredió la cosa juzgada mientras que la resolución estaba firme, e insistió en que sólo debía contarse la casilla 2346 básica, y con ello se daba el 80 por ciento de las casillas, que permitía la validez de la elección.