Los integrantes de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado presentaron la iniciativa para que los ayuntamientos puedan solicitar líneas de crédito que serán cubiertos durante su período con las participaciones que reciban, sumando con dos fondos 7,300,275,405. Por otra parte los diputados propusieron que cuando la violación se cometa dentro del matrimonio, el delito se va a perseguir de oficio, y no será necesario presentar la querella, esto al eliminarse el último párrafo del artículo 267 del Código Penal del Estado de Puebla.

En la sesión ordinaria, la se entregó la iniciativa para que haya acceso a un financiamiento en dos bolsas, la primera por $4,699,062,875.00,  y la segunda por $2,601,212,530.00 para los 217 municipios, al que podrán acceder para la ejecución de obra pública y se descontarán de las participaciones federales.

El decreto que se presentó al pleno autoriza a los 217 Municipios del Estado de Puebla, para que durante la gestión de la administración municipal 2024-2027, por conducto de funcionarios legalmente facultados gestionen y contraten con cualquier institución de crédito integrante del Sistema Financiero Mexicano que ofrezca las mejores condiciones de mercado, uno o varios financiamientos, hasta por el monto, para el destino, plazos, términos, condiciones y características que en éste se establecen; para que afecten como fuente de pago del o los financiamientos que contraten, un porcentaje del derecho a recibir y los flujos de recursos que individualmente les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal y para que celebren o se adhieran a los mecanismos de pago de los créditos que contraten.

En el caso de la capital con los dos fondos el monto que se podría acceder a los mil millones de pesos.

El documento señala que el importe máximo de los financiamientos que individualmente decida contratar el Municipio de que se trate, no deberá rebasar lo que se establezca en el Dictamen que, para tal efecto determine la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Puebla, de conformidad con el artículo 14 y 19 de la Ley de Deuda Pública para el Estado Libre y Soberano de Puebla, así como el plazo máximo para su pago, los cuales podrán determinarse en lo particular en el correspondiente contrato de apertura de crédito simple que al efecto se suscriba, sin exceder el monto determinado en la Tabla 1 anterior, para cada Municipio.

Cada Municipio podrá contratar el o los financiamientos autorizados en el presente Decreto, en el transcurso de los ejercicios fiscales 2025 y 2026, inclusive, pero en cualquier caso deberán pagarlos en su totalidad en un plazo que no exceda el período constitucional de la administración municipal que lo contrate; esto es, a más tardar el 14 de octubre de 2027, en el entendido que cada contrato que al efecto se celebre deberá precisar el plazo máximo en días y la fecha específica de vencimiento para el financiamiento

Violación en el matrimonio

En tanto la presidenta de la Junta de Gobierno, Laura Artemisa García Chávez, presentó una iniciativa para derogar el último párrafo del del artículo 267 del Código Penal del Estado de Puebla, para que el delito de violación en el matrimonio se persiga de oficio.

La legisladora expuso que el mayor número de agresiones sexuales en contra de las mujeres mayores de 15 años se registran en el matrimonio o el concubinato.

Con la reforma se elimina la fracción “sólo se procederá contra el responsable por querella de parte ofendida”

Dijo que la violencia tiene que visibilizarse y sancionar a los responsables.