El pleno del Congreso del Estado votará esta semana la reforma a la Constitución Política del Estado de Puebla, que establece que las funciones de transparencia y acceso a la información serán facultad de la Secretaría Anticorrupción, y ante ello se concretará la desaparición del ITAIPUE, cuyo patrimonio, así como base de datos pasaran a formar parte de la nueva área.

A tres meses de que fue aprobada la reforma la Ley de la Administración Pública en la que se dan las facultades de transparencia a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, el ejecutivo envió al congreso la iniciativa para reformar la constitución local, y se armoniza con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El documento establece que en tanto las legislaturas de las entidades federativas, emitan legislación para armonizar su marco jurídico conforme a transparencia y acceso a la información, los organismos garantes de las mismas continuarán operando y realizarán las atribuciones que le son conferidas a las Autoridades garantes locales, en este caso el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Puebla.

Se precisa que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, es la encargada de vigilar y verificar el cumplimiento por parte de las y los servidores públicos de los principios y obligaciones que rigen su actuación en la función pública.

La iniciativa entregada por el coordinador del gabinete, José Luis García Parra establece entre las obligaciones de transparencia que “Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública; Asimismo, tendrá derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los Gobierno del Estado de Puebla términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.”

Asimismo, referente a información reservada, esta será temporalmente por razones de interés público У seguridad nacional.

Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.

Además, se advierte que la inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales será sancionada en los términos que dispongan las leyes de la materia. La ley establecerá las medidas de apremio que podrán imponer, en su caso, las autoridades garantes para asegurar el cumplimiento de sus decisiones.

En la reforma constitucional se derogan las facultades del ITAIPUE establecidas en el artículo 87 de la constitución.

Será la Comisión de Gobernación la que analizará el documento, para posteriormente turnarlo al pleno.