Durante el siglo XX mujeres y hombres, en lo individual o de manera organizada, nos hemos dado a la tarea de ir creando una conciencia crítica sobre la condición de las mujeres.
Poco a poco se han ido construyendo conceptos como discriminación, marginación, explotación, violencia de género, entre otros.
Además, se ha podido diferenciar las distintas formas de violencia que se ejerce en contra de las mujeres, incluso se han creado instituciones con el propósito de prevenir, atender y erradicar este flagelo.
Las investigaciones de los especialistas en estos temas han detectado, lo que para este momento se ha convertido en uno de los más graves problemas sociales y de urgente atención, me refiero al conjunto de hechos que contienen los crímenes y las desapariciones de mujeres conocido como feminicidio, concepto traducido por la doctora Marcela Lagarde, que es parte del bagaje teórico feminista desarrollado por Diana Russell y Jill Radford en el texto “Femicide. The politics of woman killing”.
El feminicidio es “el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres”.
Estos daños contra mujeres realizados por conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, conducen a la muerte cruel de algunas de las víctimas.
El machismo y la misoginia contribuyen al feminicidio, y el silencio social y la desatención de estos casos se ha hecho cada día más frecuente, derivado de “la idea de que hay problemas más urgentes y la vergüenza y el enojo que no conminan a transformar las cosas sino a disminuir el hecho y demostrar que no son tantas “las muertas” parece ser lo común.
Estos hechos violentos cometidos en contra de mujeres por su condición de género, con la intención de lastimar; han merecido en muchos estados de la República, una mínima investigación y ni siquiera —en la mayoría de los casos— se cuenta con estadísticas oficiales, que permitan conocer el estado que guarda esta problemática, intentando casi siempre ocultarla.
Sin embargo, los estudios determinan un crecimiento de hasta 40 por ciento en el asesinato de mujeres y cambios en la forma de matarlas en los últimos cinco años, lo que revela que el feminicidio es hoy resultado de la ola de violencia generalizada en México. Esta revelación contrasta con las estadísticas que durante los últimos años ubicaron al feminicidio como resultado de la violencia de pareja y reconfigura el mapa del crimen contra las mujeres por razones de género.
En Puebla tampoco hay datos oficiales reales de este tipo de delitos cometidos en contra de mujeres. Lo que sí nos hemos dado cuenta todos —ya que ha sido documentado por los medios de comunicación— es de la cada vez más frecuente presencia de asesinatos de mujeres, especialmente jóvenes.
Por ello, si realmente se quiere erradicar la violencia en contra de las mujeres, es necesario realizar las adecuaciones legales para que el asesinato de mujeres no sea considerado más como homicidio doloso sino que sea considerado como feminicidio.
Para ello es necesario sea tipificado en el Código Penal el delito de Feminicidio. Nuestros Códigos poblanos deben ser modificados buscando eliminar toda aquella interpretación subjetiva y vacíos legales, de manera que las autoridades encargadas de procurar justicia no eludan la responsabilidad de investigar y castigar a los culpables de los asesinatos de mujeres que en últimas fechas se han registrado en nuestro estado, con ello estaremos también cumpliendo con los estándares internacionales marcados y suscritos por nuestro país.
Hasta ahora se ha tipificado el feminicidio en seis entidades: Guerrero, Tamaulipas, Guanajuato, Morelos, Veracruz y en el Distrito Federal, con penas que varían entre los 20 a 70 años de prisión. Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha recomendado al Estado Mexicano tipificar el delito de feminicidio, conformar mecanismos eficientes para perseguir y castigar a los responsables.
Muchos podrán pensar que en Puebla aún no es necesario tipificar el delito de Feminicidio ya que las “cifras” probablemente “registradas” no llegan a las que se presentan en otros estados de la República, y seguramente y por fortuna tendrán razón; sin embargo, no podemos esperar a tenerlas para tomar la iniciativa.
Ojalá que pronto el Congreso poblano haga suyo este tema, para no llegar tarde a atender este grave problema social que en Puebla pareciera se está incrementando.