En el Congreso del Estado de Puebla aprobamos reformas históricas encaminadas a promover y garantizar el bienestar animal, en las que se establecen acciones para la protección de los seres sintientes, así como sanciones en caso de maltrato e incluso actos de zoofilia.
A través del dictamen por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Bienestar Animal, la Ley Orgánica Municipal y el Código Penal del Estado se plasmaron 28 iniciativas presentadas por diputadas y diputados, así como por el Ejecutivo del Estado.
Una de las reformas más importantes fue al Código Penal, para sancionar de uno a cuatro años de prisión y multa de 100 a 400 Unidades de Medida y Actualización vigente al momento en que se cometa el delito, a quien o quienes practiquen actos sexuales con animales, tales como introducción por vía vaginal, anal o bucal del miembro viril o cualquier parte del cuerpo u objeto en un animal.
Al tipificar la zoofilia damos un paso para incidir en la erradicación de estos actos que lastiman a los animales y de los que, desafortunadamente se han registrado casos en Puebla, como el de Mila, la potranca que fue maltratada y posteriormente rescatada.
Además, avalamos el aumento a 10 meses de la pena corporal al que, mediante acción u omisión, realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de cinco a ocho años de prisión y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización vigente al momento que se cometa el delito. Asimismo, si los actos son cometidos con armas, explosivos y medios violentos, se incrementará la sanción en dos tercios más de las señaladas.
Como parte de las reformas, se incrementa la sanción de uno a cuatro años de prisión, a dos y hasta cinco años a la persona que organice, promueva, difunda o realice una o varias peleas de perros, con o sin apuestas, o las permita en su propiedad.
En tanto, el abandono de un animal de compañía, que se encuentre bajo responsabilidad y cuidado de una persona, se sancionará de diez meses a dos años de prisión y de 100 a 250 Unidades de Medida y Actualización.
En esta reforma integral también se estableció que corresponderá a la Secretaría de Salud promover campañas de esterilización, debiendo contar con personal capacitado e indispensable para resguardar a los animales durante el procedimiento, aunado a que se fortalece la actuación del Instituto de Bienestar Animal, en la prevención y control de casos de crueldad animal.
Asimismo, se prohíbe cualquier trato, acción u omisión en contra de los animales, tales como dejarlos en azoteas, a la intemperie, en inmuebles abandonados o someterlos a tratamientos de entrenamiento forzados, o castigos que le provoquen sufrimiento o maltrato, o le causen estados de ansiedad o miedo.
En el Congreso del Estado seguiremos trabajando para prevenir, sancionar y erradicar las acciones que atenten contra el bienestar animal e impidan un desarrollo adecuado a los seres sintientes.