La propuesta de Andres Villegas de crear la Ley de Derechos para el Libre Ejercicio del Periodismo en el Estado de Puebla, se ha quedado muy lejos de lo que su propio nombre promete.
Entre los 45 artículos que contiene no resalta un derecho que no esté contemplado ya en otras Leyes federales, es decir, con o sin ella, temas como la objeción de conciencia, el secreto profesional y la libertad de expresión, están garantizados.
Incluso las sanciones civiles y penales que menciona en el último artículo no incluyen ninguna leyenda que pida que a los periodistas se les juzgue con perspectiva.
Pese a lo urgente y necesario que es garantizar en el estado, y en el país, un verdadero acceso a la información y la transparencia, la ley no enlista mecanismo alguno para obligar a los gobiernos, dependencias y organismos a entregar la información solicitada en formatos abiertos o en plazos determinados y menos aún prevé verdaderas sanciones para los funcionarios públicos que impidan el acceso a la información. Eso sí sería un avance de talla nacional.
Cosas tan simples como contar con bases de datos abiertas y actualizadas en los sitios web de las dependencias, buscadores en las páginas de los gobiernos e incluso acceso gratuito a registros como el de la propiedad privada, son otras de las garantías o derechos que se podrían incluir en esta ley.
Ahora que si hablamos del “Libre Ejercicio del Periodismo” podemos decir que no hay un apartado donde se proteja a los periodistas para realizar una cobertura libre, por ejemplo, en procesos electorales. Las complicaciones que acarrean los oficios de las autoridades electorales, para explicar la publicación de notas, terminan por mermar la calidad de las piezas periodísticas.
El documento carece de una verdadera inclusión. Se limita a ciertos puestos del ciclo de la comunicación, reporteros y directores, son los más visibles, pero omite a elementos como los diseñadores, portadistas, editores e incluso productores y guionistas.
Concediéndole al diputado morenista, Andrés Villegas, que esta nueva legislación busca “proteger” uno se pregunta a quién y cómo, porque al menos en las primeras lecturas, queda claro que los periodistas no son el centro de su preocupación.
¿Quién evaluará?
Conceptos como la verdad y la objetividad, son complejos por naturaleza, ya que se utilizan en la propuesta, sería bueno explicar qué se entiende para fines prácticos de esta ley.
De paso sería útil conocer cómo se evaluará o quiénes integrarán el tribunal que determinará si “en la difusión de las noticias o información, el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas”.
Como se observa, esta ley adolece de lo que su nombre pregona, es ambigua y deja sin resolver cosas que realmente podrían abonar a los derechos sobre la información y la libertad de expresión.
¿Cuál fue el verdadero trasfondo de presentarla?
Veremos y diremos.