Esta semana, en el Congreso del Estado, se estará discutiendo una iniciativa que dejó José Luis García Parra y que servirá para puntualizar la necesidad de legislar sobre estos delicados temas.

Aunque grooming, smishing, phishing, pharming vishing, evil twins, hacking y ciberasedio, son términos que muchos estamos aprendiendo, son acciones que los ciberdelincuentes realizan lo mismo para engañar a menores de edad, que para robar identidades de adultos, hacer espionaje o extorsionar.

Los delitos cibernéticos han crecido a la par que las tecnologías, con un aderezo, la pandemia del COVID-19 que a muchos nos obligó a utilizar con más frecuencia las tecnologías, para poder mantener la sana distancia en esos difíciles días.

El aumento de estos delitos, que lo mismo sirven para enganchar a menores de edad, que a adultos para adquirir deudas impagables, obliga a que nuestros legisladores presenten leyes que puedan imponer sanciones y hasta penas carcelarias a quienes comentan estas acciones.

En noviembre pasado, José Luis García Parra, en su calidad de legislador local presentó esta iniciativa que, con los argumentos presentados en la tribuna, contó con el respaldo de 36 adhesiones, lo mismo de los aliados de Morena, como el PT o el PVEM, que de partidos de oposición como el PRI, PAN o Movimiento Ciudadano.

Es claro que la reforma al Código Penal de Puebla al artículo 217 y otros busca poner los necesarios límites a las actividades de personas que abusando del anonimato y el uso de la tecnología busca chantajear, extorsionar, acosar y hasta firmar en nombre de otras personas.

Justamente estos límites al anonimato pueden poner nerviosos a más de uno y por ello no sería sorpresa que algunas voces insistan en que se trata de una ley más que busca limitar la libertad de expresión.

Sin embargo, es preciso insistir que el espíritu de esta iniciativa es enlistar las acciones como delitos, que por lo mismo deben ser sancionados. Sería muy difícil estar en contra, por ejemplo, de la modificación al Artículo 217, al que se le propone añadir:

“V. Hacerse pasar por persona menor de edad utilizando los medios electrónicos y las Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones (TICS), para contactar a niñas, niños y adolescentes a través de internet, con el propósito de ganar su confianza y luego acosarlos o controlarlos emocionalmente y chantajearlos con fines sexuales”.

Y ni hablar del fraude electrónico que a más de uno le ha vaciado sus cuentas, con la falsa llamada donde los impostores dicen ser empleados de un banco, que quieren, irónicamente, evitar que se haga algún cargo indebido.

La reforma, que se presentará esta semana en el Pleno del Congreso también ahonda en el ‘Ciberasedio’ que versa, principalmente, de quienes utilizan celulares, emails, redes sociales o cualquier otra estrategia digital para: “insultar, injuriar, ofender, agraviar o vejar a otra persona, con la insistencia suficiente para causarle un menoscabo importante en su salud”.

Y regresamos al punto, nadie está impidiendo el cuestionar de los funcionarios públicos ni señalar posibles actos de corrupción. En esta ley es claro, se trata de accionar contra quienes violan los límites a la libertad de expresión.

Y aquí también cabe la aclaración, las notas periodísticas sustentadas que pongan luz sobre la corrupción o colusión de las autoridades, las opiniones políticas o las críticas al trabajo de los funcionarios, no podrán ser encasilladas en el ‘ciberasedio’, por mucho que algunos políticos lo deseen.

Ni más ni menos.