Con el propósito de regular y vigilar la actuación de servidoras y servidores públicos que no se separen del cargo para contender en el proceso, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) emitió lineamientos que inhibirán prácticas indebidas en el uso de los recursos, con el fin de influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Estos lineamientos dan seguimiento al acuerdo ITE-CG 44/2021, mediante el cual esta autoridad determinó que las y los diputados en funciones no deberán separarse del cargo, en caso de que pretendan contender por un ayuntamiento y que la equidad no resulta afectada, siempre y cuando haya lineamientos que regulen su actuación.
El documento no restringe los derechos político electorales a las y los servidores públicos que no se separen del cargo, sino que buscan que no se vean favorecidos con el voto o apoyo de la ciudadana para alcanzar una candidatura y, eventualmente, un cargo de elección popular.
En su contenido destaca que los programas sociales no pueden ser utilizados para condicionar el voto o influir en las contiendas electorales y que el uso de los recursos será imparcial.
Además, que estas personas deberán abstenerse de realizar empadronamiento, afiliación o incorporación de ciudadanas y ciudadanos a programas sociales que impliquen transferencia de recursos públicos a partir del inicio de la veda hasta la jornada.
También que deberán abstenerse de efectuar aportaciones provenientes del erario a sus campañas electorales; asistir a cualquier evento o acto público, gira, mitin o acto partidista, cuando su asistencia traiga como consecuencia el uso de recursos públicos.
Asimismo, que no podrán hacer uso de fondos específicos, así como de recursos públicos (personal, vehículos, infraestructura, teléfonos, computadoras, etc.), para fines electorales, ya sea para favorecer o perjudicar a algún partido político, coalición, candidatura o su campaña electoral.
Al respecto, las candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y la ciudadanía podrán presentar ante la Secretaría Ejecutiva, las quejas que consideren por las conductas o hechos que pudieran constituir violaciones a la normativa electoral.