De acuerdo con el informe de la revisión de la cuenta pública 2020, dado a conocer la última semana de octubre, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), señaló que el congreso de Tlaxcala infringió la ley de disciplina financiera por el incremento de la asignación de recursos para servicios personales durante el 2020, por un monto de 14 millones de pesos, destacando que de acuerdo a la ley solo está permitido un límite de 9 millones 275 mil 100 pesos.
En dicha auditoría, no se revisa el ejercicio de los recursos sino el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la ley de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios por parte del ente fiscalizador, así como la congruencia de la información financiera de la cuenta pública 2020
Por tanto, señalaron, en la solicitud de aclaración para que el congreso del estado de Tlaxcala informe y proporcione la documentación adicional justificativa y comprobatoria de más de 11 millones de pesos, existiendo dos promociones de responsabilidades administrativas.
La revisión de cuenta pública, destaca que durante 2020, los diputados locales ejercieron 26 millones 213 mil 200 pesos más de lo aprobado, siendo en total 279,402.2 miles de pesos al cierre del 2020, las cuales, provienen de ampliaciones liquidas otorgadas por el Gobierno del Estado de Tlaxcala y fueron destinadas para realizar adecuaciones a los capítulos 1000 Servicios Personales, 2000 Materiales y Suministros, 3000 Servicios Generales, 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas y 5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles.
En resumen, de resultados, observaciones y acciones, se determinaron 15 resultados, de los cuales, en 12 no se detectaron irregularidades y los tres restantes generaron una solicitud de aclaración y 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.
Los resultados, observaciones y acciones contenidos en el informe de auditoría, se comunicarán a la entidad fiscalizada, en términos de los artículos 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 39 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para que en un plazo de 30 días hábiles presente la información y realice las consideraciones que estime pertinentes.