Luego de analizar la impugnación de Eduardo Rivera Pérez, presidente municipal de la Ciudad de Puebla, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción que la Sala Especializada decretó para el alcalde por difundir un Twitter de propaganda gubernamental en periodo de la revocación de mandato presidencial.
Esta tarde del miércoles 18 de mayo, la Sala Especializada del TEPJF precisó que el alcalde poblano incurrió en propaganda para difundir los beneficios de una obra.
Precisó que Eduardo Rivera violó la veda electoral al difundir propaganda gubernamental a través de uno de los logros de la administración municipal una publicación en sus redes sociales, buscando persuadir y atraer simpatizantes.
"Contrario a lo que sostiene el aquí accionante, el material actualiza, los supuestos necesarios para considerar propaganda gubernamental en virtud de que en la cuenta de la red social que fue utilizada para la difusión del material motivo de la denuncia, aparece el nombre del servidor público y se identifica plenamente el cargo en el gobierno municipal"
La Sala Superior del TEPJF indica que el alcalde en primera instancia realizó el anuncio de la obra de la inauguración de una calle durante una pequeña reunión, pero después la publicación en su cuenta de Twitter, se observa como propaganda gubernamental.
Contraloría Municipal debe sancionar
La resolución primaría de la Sala Especializada del TEPJF, pide a la Contraloría del ayuntamiento determinar la sanción a Eduardo Rivera Pérez por su tuit sobre la apertura de la calle.
Esa sentencia no la modificó la resolución que está tarde desarrollo la Sala Superior del TEPJF.
Fue el dirigente de Morena, Aristóteles Belmont Cortés, quien denunció por la difusión de la calle en Villa Frontera.