El Sistema de Administración Tributaria (SAT) lanzó la campaña de facilidades de pago de adeudos fiscales, para que personas físicas o morales con puedan regularizarse.
En rueda de prensa, María Elizabeth Reyes, María del Pilar Cedillo y Verónica de Paz, administradoras desconcentradas de Recaudación de Puebla 1 y 2, respectivamente,, anunciaron que a partir del 28 de octubre al 31 de diciembre se implementan facilidades de pago para adeudos fiscales.
La campaña "Facilidades de pago para Adeudos fiscales", es un programa a nivel nacional que otorgará opciones de pago a distintos plazos y reducción de multas para personas físicas y morales.
Con la finalidad para que quienes tengan adeudos fiscales se pongan al corriente, el programa incluirá pagos e incluso condonaciones de hasta 100% de multas.
Detallaron las facilidades de pago acordadas para promover el pago de compromisos, luego de que los adeudos pueden crecer cada día, por lo que no deben dejarse seguir creciendo.
“Los invitamos a regularizar la situación fiscal a través de facilidades de pago, acercarse a las oficinas”, señaló Elizabeth Reyes al detallar que ofrece el SAT dos modalidades:
1.- Pago a plazos (podrá elegir dos modalidades: pago en parcialidades -tasas fijas con tasa de interés definido con pago del 20% de anticipo- o pago diferido) 12, 24 o 36 meses.
2.- Reducción de multas y tasas de recargos dependiendo del tipo de impuesto. Cada caso es diferente.
En el Pago en parcialidades, el contribuyente puede elegir pagos hasta 36 meses, por lo que en el caso de elegir el plazo de 1 a 12 meses, la tasa de interés es de 1.26%; de 13 a 24 meses, de 1.53% de recargos por financiamiento y de 25 a 36 meses, la tasa es de 1,82%.
En el caso de Pago diferido: el contribuyente paga 20% inicialmente y después elegir cuándo desea pagar el adeudo en una sola exhibición, y ese plazo no puede ser mayor a 12 meses.
Si el contribuyente tiene negativa su opinión de cumplimiento, al adherirse a este programa, se modifica la opinión a “en positivo”, lo cual es una gran ventaja.
Explicaron que el pago en parcialidades sólo aplica a los adeudos determinados por la autoridad y los auto determinados, en que el contribuyente desee parcializarlo
En tanto, no entran al programa las contribuciones retenidas, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Sobre la Renta (ISR) que debieron pagarse en el calendario o las de seis meses anteriores, así como algunos aprovechamientos de exportación e importación.
En el caso de reducción: la tasa se puede reducir hasta el 100% de la multa, depende de la antigüedad.
Finalmente señalaron que más información se puede consultar en esta página.