En un acto en el Archivo General de Protocolos Notariales de Madrid, su titular Emilio Barroso entregó el acta, de 11 páginas (seis hojas) en perfecto estado de conservación, a la encargada de Negocios de la sede diplomática, Francisca Méndez, bajo presencia notarial.
El director del Instituto de México, Jaime del Arenal, destacó a Notimex que esto tiene para México una importancia enorme tanto histórica como jurídicamente.
“Por un lado, se documenta el título de propiedad del Palacio Nacional, antes Palacio Virreinal, con todo el simbolismo que significa para la historia mexicana”, dijo.
Agregó que jurídicamente, se tiene el antecedente preciso de la adquisición de esta propiedad.
“Obviamente esta propiedad acredita en favor de la corona española, pero con lo que se derivó a partir de la Independencia de México, estos bienes pasaron a ser propiedad del gobierno mexicano”, anotó.
La operación de compraventa de los bienes inmuebles de lo que se llamó en su momento las Casas Nuevas de Moctezuma se realizó en 1532 entre el marques del Valle, Martín Cortés, hijo de Hernán Cortés, y el rey Felipe II.
Fue allí donde se edificó después el Palacio Virreinal, sede de la Audiencia de México y posteriormente a partir de 1821 se convirtió en el Palacio Nacional de México.
Del Arenal explicó que desde 1527 que se estableció la primera audiencia de México y luego entre 1531 y 1532 que se estableció el Virreinato de México, ni la primera ni el virrey tenían sede, no tenían edificio, no tenían donde operar.
Hernán Cortés, que aún vivía, los dejó trabajar en sus propios edificios, primero en las Casas Viejas, donde está el Monte de Piedad y después los pasó a las Casas Nuevas.
Felipe II consideró, ya muerto Cortés, que era conveniente que se adquiriera un predio, edificio, terrenos para que se instalara el Palacio del virrey y la sede de la Audiencia Nacional y pidió a Martín Cortés que le vendiera esos edificios.
Tras acceder Martín Cortés, la operación se realizó en Madrid, el 20 de enero de 1562, por 34 mil castellanos, y ante la fe del notario Cristóbal de Riaño.
Del Arenal expuso que la recuperación de esta acta tiene que ver con una solicitud que formuló a la embajada de México en Madrid el Instituto de Administración y Evalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) para mandar copias de la escritura, si se encontraran, en el Archivo General de Indias.
Manifestó que ese archivo, en Sevilla (sur de España), tiene millones de documentos y una consulta tan genérica es prácticamente imposible de hacer si no se tienen antecedentes.
“Pensé que en el Archivo de Indias no podía estar la escritura constitutiva porque se trata de un acto privado, y lo que hay ahí son documentos público, pero estuvimos indagando hasta encontrarla en el Archivo General de Protocolos Notariales de Madrid”, dijo.
Resaltó que el documento está en perfectas condiciones. “El papel del siglo XVI y XVII es infinitamente mejor que el del siglo XVIII, XIX y XX, porque es papel de trapo, no de madera”, señaló.
“Es un papel de pulpa de trapo, un papel perfectamente legible para quienes conocen la paleografía, no tiene humedad, no tiene daños el papel, en un volumen enorme, grande”, concluyó.